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Pollo CarvajalEFE

Audiencia Nacional 

El juez prepara la citación a los 'comisarios políticos' chavistas que El Pollo pide como testigos contra Podemos

El exjefe de los Servicios de Inteligencia venezolanos ha entregado un documento al magistrado Manuel García-Castellón en el que figura una relación de nombres a los que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 citará bajo la condición de protegidos

Una lista con los nombres de los 'comisarios políticos' chavistas que El Pollo ha aportado al juez Manuel García-Castellón, en el transcurso de su declaración de este jueves, ha puesto en marcha la maquinaria de la Audiencia Nacional. Fuentes próximas al órgano judicial han apuntado a El Debate que el magistrado instructor estaría en disposición de citar a los exmiembros del régimen venezolano a los que Hugo Armando 'El Pollo' Carvajal ha señalado como testigos de sus acusaciones contra Podemos y varios de sus líderes –entre ellos, Juan Carlos Monedero– por la presunta trama de financiación irregular del chavismo a la formación morada.  

El exjefe de los Servicios de Inteligencia de Venezuela, fue llamado por García-Castellón para interrogarle, de nuevo, en el marco de las diligencias 79/2016, reabiertas la semana pasada, sobre los pagos del chavismo a Podemos. En el transcurso de la que ha sido su segunda declaración, El Pollo ha entregado un documento en el que figuran una relación de testigos a los que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 concederá la condición de protegidos para citarles y que arrojen luz en este procedimiento. 

Tal y como reveló El Debate en exclusiva, en el transcurso de su comparecencia anterior, El Pollo se refirió ante el juez a uno de los jefes de seguridad de la petrolera estatal venezolana PDVSA e insistió en que estaría en posición de corroborar su versión de los hechos. No en vano, dicho responsable habría presenciado, en primera persona, las frecuentes visitas del ideólogo de Podemos, Juan Carlos Monedero para, presuntamente, recoger los pagos en metálico que PDVSA destinó a financiar al partido político.

En esencia, los denominados 'comisarios políticos' son individuos militarizados, infiltrados por el régimen chavista en las diferentes capas de la sociedad para identificar a quiénes deberían ascender, a quiénes corresponde delatar como traidores a los intereses de la revolución y a quienes debería pagar el Gobierno para cooptar su adhesión al proyecto político castro-chavista. Esto es, todos ellos serían miembros próximos a la cúpula del régimen venezolano de Hugo Chávez y Nicolás Maduro que, por su condición, habrían tenido acceso a las informaciones que ha aportado El Pollo a la Audiencia Nacional. 

Además, El Pollo ha vuelto a señalar a Juan Carlos Monedero como beneficiario de nuevos pagos irregulares, distintos a los ya referidos en su primera declaración voluntaria del pasado día 20 de septiembre. Se trataría de varios importes de 200.000 € que Monedero recibió, supuestamente, a través de entregas en efectivo  «empaquetadas en billetes de 100 dólares» de la petrolera estatal venezolana PDVSA, y uno adicional de 600.000 € que Monedero cobró a través de una segunda vía, la diplomática, en la que estarían implicadas las embajadas venezolana en Madrid y la cubana en Caracas.

Testigos protegidos

De acuerdo con la jurisprudencia asentada del Tribunal Supremo dentro de la categoría general de testigos protegidos se incluyen dos subcategorías según el nivel de protección: los testigos anónimos, de los que no se dan a conocer ni a las partes sus datos personales; y, los ocultos, que sí han sido identificados con nombres y apellidos pero que, por decisión del juez o del tribunal, se ocultan con la intención de salvaguardar su seguridad. 

En aquellos casos en que la declaración de un testigo supone un peligro grave y teniendo en cuenta el grado de riesgo que asume, el juez puede dar motivos de oficio, o a instancia de parte, para que se adopten las medidas necesarias para preservar su identidad, su domicilio,  su profesión e, incluso, su lugar de trabajo. De esta forma no constará en los documentos judiciales ningún dato que pueda servir para su identificación, comparecerán para ser interrogados de un modo que impida su reconocimiento visual normal y se fijará como domicilio, a efectos de notificaciones, la sede del órgano judicial que se las hará llegar de forma reservada.

Además, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Ministerio Fiscal y la autoridad judicial «cuidarán de evitar» que a los testigos protegidos «se les hagan fotografías o se tome su imagen por cualquier otro procedimiento, debiéndose proceder a retirar el material fotográfico, cinematográfico, videográfico o de cualquier otro tipo a quien contraviniere esta prohibición».

Según lo previsto en la ley española actual, las declaraciones de los testigos protegidos que se produzcan, como en el caso de El Pollo contra Podemos, durante la fase de instrucción solamente tendrán valor como prueba, en una futura y eventual sentencia «si son ratificados en el acto del juicio oral por quien los prestó», según la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), o si lo son «mediante lectura literal» para que las partes puedan  contradecirlos.