Fundado en 1910

Juana RivasEfe

Tribunales 

El giro del caso Juana Rivas desnuda a la ideología «de género»

La reconstrucción exhaustiva de los hechos, desde el «#juanaestaenmicasa» hasta el polémico indulto

Movilizaciones sociales, manifestaciones públicas, el apoyo de la clase política al completo -incluido el del entonces presidente del Ejecutivo Mariano Rajoy el de la presidenta de la Junta de Andalucía Susana Díaz que le brindó apoyo legal- y todo un país envuelto en un hashtag viral «#juanaestaenmicasa» que monopolizó tanto el tráfico de las redes sociales como las portadas de la prensa. Juana Rivas es la historia de un icono de la maternidad, elevado a los altares por las activistas de la ideología de género, en la que no todo es lo que parecía ser o como nos lo han contado. La madre malagueña indultada por el Gobierno de Pedro Sánchez tras ser condenada en firme a dos años y medio de prisión por secuestrar a sus dos hijos menores de edad para apartarlos de su padre, Francesco Arcuri, se ha topado con un juez que se niega a aplicar la medida de gracia por la que, según la decisión ministerial, debería quedar en libertad y recuperar la patria potestad de los pequeños. En un giro de los acontecimientos, la alargada sombra de los presuntos «abusos sexuales» sufridos por el más pequeño de los niños durante el tiempo en el que permaneció bajo el cuidado de su madre, Juana Rivas, ha paralizado su puesta en libertad. 

La española Juana Rivas y el italiano Francesco Arcuri se conocieron en Londres, en 2004, cuando ella que había viajado para aprender inglés tenía 23 años y el que se convertiría en su pareja, de 38, dirigía un restaurante en la capital británica. Tras un par de años de relación, la pareja tuvo su primer hijo en España. Pronto empezaron las desavenencias entre ellos y, en especial, por la supuesta inmadurez de Rivas que, pese a sus nuevas obligaciones familiares acostumbraba a llegar a altas horas de la madrugada a casa. 

En uno de dichos episodios, la pareja llegó a las manos y pese a que hubo agresiones mutuas, Arcuri fue el único denunciado. Según la sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Granada, de 7 de mayo de 2009, Arcuri pidió explicaciones a Juana Rivas sobre dónde había pasado la noche y la golpeó «repetidamente», causándole lesiones que necesitaron asistencia médica. Por todo ello, el italiano fue condenado a tres meses de prisión por «lesiones en el ámbito familiar» y se le impuso una orden de alejamiento de ella de un año y tres meses.

Arcuri, que siempre ha negado los hechos y el carácter violento que se le ha querido atribuir, sin embargo, se declaró culpable de aquello, y se conformó con la pena solicitada para él, una condena inferior a dos años, para evitar una aciaga batalla legal durante la que era consciente de que se le impediría ver a su hijo. 

Irene Montero y Francesco ArcuriEl Debate

A pesar de todo lo ocurrido, la pareja se reconcilió para mudarse juntos a la isla de San Pietro, en Cerdeña, en 2013, donde ya por aquel entonces, Arcuri administraba un pequeño hotel. Tuvieron un segundo hijo. Las desavenencias continuaron en la pareja. Rivas indicaba en las cartas que remitía a su familia en España que se sentía atrapada en Italia y vivía asustada en compañía de un hombre violento.

Será el 18 de mayo de 2016 cuando Juana Rivas, se traslada desde Carloforte (Italia) a Granada junto con sus dos hijos menores de 12 y 5 años de edad. Desde entonces y hasta agosto de 2017, su padre, Francesco Arcuri, no los volvió a ver. Es entonces cuando inicia un procedimiento contra ella por sustracción de menores que ella intenta combatir, en paralelo, y ya instalada en España, en 2016,con nuevas denuncias por malos tratos, sin éxito. La realidad es que, hasta el momento, tanto los tribunales españoles de diferentes instancias como los italianos han dado la razón al padre a quien, recientemente, el Supremo ha admitido el recurso interpuesto contra el indulto del Gobierno a favor de la madre. 

¿Dónde está Juana?

Juana Rivas desapareció con sus dos hijos, el 26 de julio de 2017, tras negarse a cumplir una resolución judicial que le ordenaba restaurar a los menores, de 3 y 11 años, a su padre, el italiano Francesco Arcuri a quien los tribunales concedieron la custodia de los pequeños tras más de un año separado de ellos y después de que Rivas se los llevase del país de residencia de la familia, Italia, sin su conocimiento ni su autorización. Rivas nunca se presentó para entregar a los niños como dictó el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Granada ordenó, en diciembre de 2016, y confirmó la Audiencia Provincial de Granada en abril de 2017; y, tampoco compareció a la segunda llamada del tribunal que programó una nueva citación, el 8 de agosto de ese mismo año. 

A partir de entonces, huida y en paradero desconocido, la Justicia emitió una orden de arresto contra ella por el secuestro de sus dos hijos menores, lo que le llevó a ser finalmente condenada en firme a dos años y medio de cárcel y a perder la patria potestad de los pequeños. Rivas se defendía asegurando que protegía a los niños de Arcuri de quien aseguró haber sido víctima, junto con su hijo mayor, de abusos físicos y psicológicos. Nunca ha podido acreditarlo. 

Juana Rivas llegó a recurrir al Tribunal Constitucional hasta en dos ocasiones para evitar la entrega inminente: en un primer intento se rechazó el recurso de amparo porque la malagueña no había agotado todavía sus opciones de pleitear «ante los tribunales ordinarios», tal y como explicó el propio órgano en un comunicado institucional. En una segunda ocasión se le denegó la petición por extemporánea. En una nota de prensa se reflejó cómo la reclamación se había presentado «fuera del plazo de 30 días fijado por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) desde la notificación de la resolución impugnada».  

Primera condena

La primera codena para Juan Rivas llegó de la mano del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, el 18 de julio de 2018. La denuncia interpuesta por Arcuri contra Rivas por por sustracción de menores desemboca en una condena a la madre de cinco años de prisión por sendos delitos, a seis años de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, al pago de las costas procesales y a indemnizar a Arcuri por daños morales y materiales.

No en vano, en la sentencia dictada por la Justicia española se refleja cómo tras mudarse voluntariamente a Italia con Arcuri, Juana Rivas no inició «ningún procedimiento contra Francesco por malos tratos, salvo la denuncia que ella interpone el 12 de julio de 2016, ante el Juzgado de Violencia 2 de Granada, cuando empezó a mostrar excusas para no volver a Italia». Tras diversos avatares, aquella acción legal «acabó siendo remitida a las jurisdicción de aquel país, sin que conste que se haya tramitado la misma, ni haya surtido otro efecto» distinto a que Rivas «obtuvo una ayuda en España de las que se conceden a mujeres maltratadas».

Juana Rivas, durante el juicio que encaró en 2018EFE

«No es creíble la certeza de los hechos contenidos en esta denuncia, porque ningún Juzgado ha declarado la veracidad de los mismos. Porque la misma se interpone en un tiempo en el que ya se ha dado inicio a ese conjunto de actuaciones llevadas a cabo por la acusada para consolidar su decisión de no volver y no entregar a los niños. Cuando las denuncias por malos tratos se interponen de forma coetánea a un proceso de separación o por disputas sobre guarda y custodia o bienes, se exige un análisis cauteloso, sobre todo si en ellas se relatan hechos pasados, que se pudieron denunciar antes. Sabido es el efecto tuitivo que despliegan los poderes públicos con respecto a las personas afectadas por malos tratos, uno de los cuales es apartar a los menores del maltratador, y, lógicamente, con esa perspectiva, no es extraño, como muestra la práctica, que en algunos casos, se recurra a esta vía como medio de obtener ventajas procesales», recogió el juez en su decisión motivada. 

Juana Rivas «no explicó ni se comprende que si fue maltratada en Italia entre 2012 y 2016, al nivel que ella dijo, de tortura y terror, no denunciara allí al momento en que se producía cada uno de los varios episodios que tuvieron lugar, según ella, tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas conductas, similar a la nuestra. Si hubiera residido en otro país con una cultura de las que manifiestamente no combaten el maltrato, sería comprensible que no hubiera denuncia e incluso podría tener sentido haber callado los hechos hasta en su círculo más íntimo. Pero no es el caso de Italia. Y ni en este país, ni en España inicia actuación alguna en respuesta a esos supuestos episodios, ni siquiera aporta dato alguno indiciario de haber tenido lugar alguno de ellos, a nivel incluso de haberlo contado a familiares o allegados», concluyó. 

Segunda condena

Al igual que en la primera instancia, el 17 de marzo de 2019, la Audiencia Provincial de Granada confirmó la decisión de condenar a Juana Rivas y únicamente redujo la cuantía de la indemnización a Francesco Arcuri. En paralelo, la Justicia italiana se pronunció a favor de la custodia exclusiva del padre en el procedimiento civil sobre la custodia de los dos hijos menores librado en dicho país y estableció que Juana Rivas debía abonar 300 euros mensuales para la manutención de los niños. El Tribunal italiano de Cagliari ha archivado todas las denuncias interpuestas por Rivas contra Arcuri por malos tratos a los niños desde que estos están bajo los cuidados de su padre. 

La madre malagueña condenada en firme por secuestrar a sus hijos La Sexta

Será en mayo de ese ,mismo año, cuando Juana Rivas recurra la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada ante el Tribunal Supremo. El 23 de abril de 2021, el Tribunal Supremo confirmó la condena por sustracción de menores a la madre malagueña, aunque acordó una rebaja la pena: dos años y seis meses de prisión, al entender que el delito era único aunque se trató de dos menores secuestrados, así como privación del ejercicio de la patria potestad durante seis años respecto de sus hijos.

En junio, Juana Rivas ingresó en prisión. 

El Supremo, en firme

El informe del Supremo sobre el indulto total propuesto por el Gobierno, y respaldado parcialmente por la Fiscalía, para Juana Rivas, fue negativo. El caso no logró el consenso mayoritario en el seno del Alto Tribunal ni, como era previsible, la unanimidad. El Alto Tribunal hizo público el sentido del texto preceptivo, pero no vinculante que, como tribunal sentenciador, al ser el último que la condenó, presentó el Ejecutivo con su recomendación en contra de la medida de gracia.

El Supremo se opuso por unanimidad a la concesión de un indulto total para Juana Rivas y no alcanzó una mayoría mínima para apoyar el indulto parcial (con un empate técnico entre los favorables y los detractores, por ocho votos a ocho) que sí respaldaba la tesis del Ministerio Público para la malagueña condenada, por un delito de sustracción de sus dos hijos menores, a dos años y seis meses de prisión.

El indulto del Gobierno 

Pese a la opinión de los jueces, que se manifestaron contrarios a conmutar la pena de Rivas, el Gobierno de Pedro Sánchez concedió el indulto a la malagueña, el 16 de noviembre de este mismo año. 

La decisión llegaba dos semanas después de que el Tribunal Supremo se pronunciara en contra del indulto total por unanimidad y se dividiera respecto al parcial (ocho magistrados votaron a favor y ocho en contra) con una cuestión de fondo en el tintero sobre si había motivos suficientes para creer que Juana Rivas huyó de Italia con los niños porque era víctima de violencia de género o no.

El Consejo de Ministros rebajó la pena de cárcel a un año y tres meses y se le conmutó la pena de cuatro años de inhabilitación para ejercer la patria potestad por una de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. «Lo que ha hecho el Gobierno es tomar en consideración el interés del menor y las circunstancias vitales en que tomó las decisiones», explicaba la portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez.

La medida de gracia permitiría que Rivas pudiese ejercer la patria potestad sobre los pequeños, y llegaba sobre la bocina: cuando quedó visto para sentencia el juicio civil que se lleva en la Corte de Apelación de Cagliari, en Cerdeña, por la custodia de los pequeños. El indulto a Juana Rivas ha sido un empeño personal de la ministra de Igualdad, Irene Montero después de que el Supremo expresara sus amplias dudas al respecto. 

El giro de los acontecimientos 

Ahora, Manuel Piñar, el titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada, desoyendo a la Fiscalía General del Estado, ha tomado la decisión de mantener a Juana Rivas en prisión. En un auto que se ha hecho público este mismo viernes, el juez considera que Rivas es «un grave peligro para sus hijos», aludiendo a los «abusos sexuales» que sufrió uno de ellos «mientras estaba bajo su custodia». Una revelación que da un giro más en uno de los sucesos más mediáticos de la historia reciente de la ideología de género en nuestro país. 

Según han señalado a El Debate fuentes próximas al caso, la decisión se ha basado en los hechos ocurridos en los meses de marzo y abril de 2017, mientras el padre de los menores, Francesco Arcuri, se encontraba en Italia alejado de ellos, pero cuando ya la Justicia española había decretado en su favor que le fuese entregada la guardia y custodia de ambos niños. La voz de alarma saltó en la guardería del más pequeño de los dos hermanos, de dos años, cuando aquejado de un dolor muy intenso en el abdomen fue trasladado al hospital tras detectar una mancha anómala en su ropa interior.

«Este juzgado ya no sabe cómo hacer que llegue al conocimiento de los restantes tribunales y, por supuesto, del Gobierno que estando los hijos bajo el cuidado y custodia de la madre, uno de ellos fue abusado sexualmente, según dictaminó la pediatra, un forense y manifestó el propio menor», reza el auto del juez Piñar.

Desde allí, y según las mismas fuentes, el pequeño fue derivado a un médico forense que emitió un informe, en línea con las sospechas del pediatra que lo atendió de urgencia, aludiendo a «lesiones relevantes» de origen sexual, con presuntos restos de madera, en forma de astillas, en las mucosas íntimas del menor, a las que ahora alude el juez. Cuando se citó a la madre, Juana Rivas, para informarle de la gravedad de la situación, y siempre según la versión de éstas mismas fuentes, lejos de sorprenderse alegó que era el propio niño el que se introducía objetos de manera recurrente.

Cuando varios meses después, a finales de agosto, el mismo día en el que Francesco Arcuri acudía a recoger a sus hijos, en el punto de encuentro situado al lado del hotel donde se alojaba en España, acompañado de un psicólogo, se le comunicó el cambio de localización a la comandancia de la Guardia Civil de Maracena, fueron los propios agentes los que, en aquel momento, y según las mismas fuentes conocedoras del caso, le realizaron el ofrecimiento de iniciar acciones legales por el asunto de la agresión sexual ocurrida durante el tiempo en que los niños estaban en compañía de la madre y de su entorno. Un trágico suceso del que, hasta ese mismo momento, el padre no había tenido conocimiento alguno.

Ahora, y según la decisión judicial, «fiel a ese propósito, repitió la misma conducta, tras ser condenada en esta causa y estando los menores en Italia». Por ello el magistrado, ha desestimado conceder la plena libertad a Juana Rivas porque podría representar un «grave peligro para sus hijos», por lo que descarta la medida para no ser partícipe de esa eventualidad, informaba Efe en avance.

No en vano, el juez ha insistido en su auto cómo «este juzgado ya no sabe cómo hacer que llegue al conocimiento de los restantes tribunales y, por supuesto, del Gobierno que estando los hijos bajo el cuidado y custodia de la madre, uno de ellos fue abusado sexualmente, según dictaminó la pediatra, un forense y manifestó el propio menor».

Que se archivasen las investigaciones

Lo más sangrante del caso es que la propia Juana Rivas pidió a la Audiencia Provincial de Granada, que no se investigasen los presuntos abusos sexuales sufridos por el menor de sus hijos cuando estaba bajo su cuidado, en 2017, y por los que el juez, ahora, niega a la malagueña la aplicación efectiva del indulto. Algo que el tribunal le denegó el 23 de marzo de 2018 y que la propia Justicia le recriminó. 

«Hemos de desestimar con rotundidad la petición de sobreseimiento libre que solicita la madre del menor, de todo punto improcedente, no sólo porque las conclusiones periciales del Instituto de Medicina Legal afirman que no se puede descartar una agresión sexual en el menor arriba reseñado», sino porque  dicha petición «se postula contraria a derecho» y «a los intereses en protección del menor».