Tribunales
El Supremo revisará las indemnizaciones a los hosteleros por sus pérdidas en la cogobernanza
La decisión de la Fiscalía de apoyar los recursos ante al Alto Tribunal contra las medidas autonómicas del segundo estado de alarma y las reclamaciones de los hosteleros han coincidido para abrir la puerta a las compensaciones del Estado por los cierres y reducción de aforos
Más de un año después de que varias plataformas del sector de la hostelería presentasen sus reclamaciones contra el Gobierno por los cierres obligatorios de sus establecimientos durante la pandemia, la Justicia tendrá que revisar sus solicitudes de indemnización millonarias. No en vano, la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que anuló la llamada «cogobernanza» de Pedro Sánchez, y el hecho de que, en la práctica, las peticiones de indemnización cursadas por los afectados ante las propias administraciones no hayan recibido respuesta, harán que el Supremo se ponga manos a la obra con las peticiones de compensación que podrían alcanzar cifras considerables.
La Plataforma de Empresarios Afectados por el cierre de negocios durante la pandemia (PEACovid-19), entre otras, ha hecho valer sus solicitudes ante el Alto Tribunal, una vez se han cumplido los más de seis meses de silencio administrativo que marca la ley para poder acudir a los tribunales. Y, ante la ausencia de respuesta inicial del Gobierno de Pedro Sánchez, el Supremo los ha escuchado.
Los empresarios habían cuantificado los daños ocasionados por una cierre inconstitucional, en cerca de los 300 millones de euros.
Además, los plazos favorables a los profesionales del sector de la hostelería han coincidido en el tiempo con el momento, inédito, en que la Fiscalía, desmarcándose de la posición del Ejecutivo socialista, ha interesado ante el Alto Tribunal que se tengan por formuladas sus alegaciones» y, en consecuencia, «se proceda a dictar sentencia acordando la estimación parcial del recurso interpuesto» ante el Supremo «declarando la nulidad del Decreto 2/2021, de 24 de enero» por el que el presidente de la Generalitat valenciana, el socialista Ximo Puig, «limitó la movilidad en horario nocturno» durante el segundo estado de alarma inconstitucional, decretado por el Gobierno central de Pedro Sánchez, que delegó bajo la fórmula de la cogobernanza, la gestión de la pandemia en las Comunidades Autónomas. Esto es, que el Alto Tribunal a instancia del Ministerio Público declare nulas las medidas restrictivas de las autonomías para el control de la pandemia.
Un escenario que, a la luz de la sentencia previa del Constitucional que tumbó el segundo decreto de alarma dictado por Sánchez para que la responsabilidad en la lucha contra la crisis sanitaria del coronavirus recayese en las administraciones regionales, la Fiscalía ha utilizado para pedir a los magistrados de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo que fallen a favor del abogado valenciano Curro Nicolau que pleitea contra el Ejecutivo por esta causa.
«Es lo propio, salvo excepciones, que las disposiciones generales dictadas en la aplicación de una norma jurídica declarada inconstitucional y nula en diversos pasajes deban ser tenidas, correlativamente, también por nulas y, en consecuencia, desprovistas» de efectos jurídicos, desapareciendo con fecha «del momento del surgimiento de la disposición general en el ordenamiento jurídico» ha expuesto el fiscal en su escrito. Esto es, como ya avanzó El Debate, el Supremo se abrirá, a partir de ahora, a declarar la ilegalidad las medidas adoptadas por los diferentes gobiernos regionales al amparo de una norma inconstitucional, lo que podría llevar a que se tengan que dar indemnizaciones millonarias.