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Protestas contra el juicio al procés, en el Tribunal Supremo, en diciembre de 2018[Dani Codina]

Tribunales

La nueva mayoría conservadora de la Sala Tercera del Supremo abre la revisión de los indultos del 'procés'

El Alto Tribunal rechazó entrar en el fondo del asunto al declarar la falta de legitimación activa de los recurrentes en el asunto de la medida de gracia concedida a los líderes independentistas condenados por sedición y malversación

En la misma semana en la que se ha conocido el cambio de criterio del Tribunal de Cuentas sobre los avales de la Generalitat a los cabecillas del procés –cuya admisión complica que los líderes políticos catalanes condenados por malversación asuman sus responsabilidades económicas por lo ocurrido– el Supremo abre la puerta a la revisión, esta vez sí, del fondo de los recursos planteados por Partido Popular y Vox contra los indultos del Gobierno socialista de Pedro Sánchez, a los sediciosos. Un cambio en la conformación de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, que hará pivotar la mayoría del Pleno de progresista a conservadora, abre la puerta a que los magistrados analicen las motivaciones del Ejecutivo para decretar la puesta en libertad de los condenados por el Alto Tribunal. La admisión de los recursos de súplica de populares y Vox será clave.

Será la segunda oportunidad del órgano judicial para pronunciarse sobre la legalidad de los indultos a los políticos catalanes ya que, según las normas de reparto el cambio en la composición de la Sección Quinta de la Sala Tercera, con la entrada de la magistrada Inés Huerta, influirá en la decisión. No en vano, en una primera ocasión, los cinco miembros que conformaron el tribunal rechazaron, por un ajustado tres a dos, la posibilidad de emitir un veredicto sobre el beneficio extendido por el Consejo de Ministros a favor de los sediciosos.

El presidente de la Sección Quinta, Segundo Menéndez Pérez, desempataba con su voto el marcador de una discusión jurídica que, finalmente, se inclinó a favor de la tesis de la Abogacía del Estado. Mientras los magistrados Wenceslao Olea y Fernando Román entendían que, al menos, dos de los nueve recurrentes sí estaban en disposición de dirigirse al Supremo para que valorase la idoneidad de los indultos –como mínimo, Vox, que ejerció la acusación popular en el propio juicio a los catalanes–, los magistrados Octavio Herrero y Ángeles Huet se instalaron en la posición contraria que fue, finalmente, la mayoritaria.

El Tribunal disponía de dos fórmulas diferentes para dar respuesta a loas argumentos de los recurrentes: admitir o rechazar las tesis de la Abogacía del Estado, antes de entrar en el fondo del asunto, y, con ello, zanjar el debate sobre la polémica cuestión, tal y como ha sucedió; o bien, reservar el pronunciamiento sobre la legitimación que, tradicionalmente en el histórico de la Sala Tercera es restrictivo, momento de dictar sentencia, como ya sucedió en el caso de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado.

El Supremo consideró que el PP y Vox no habían sabido explicar qué ventaja obtendrían de prosperar sus recursos o qué perjuicio evitarían con los mismos recursos. Un razonamiento que, ahora, tienen la oportunidad de corregir de cara a la súplica, ante la propia Sección Quinta de la Sala Tercera para volver a la casilla de salida y lograr que, finalmente, el Alto Tribunal analice a fondo los argumentos en contra de la puesta en libertad de los sediciosos.

Inés Huerta Garicano

Nació en 1951 y en febrero de 2014 se convirtió en la décima mujer en ingresar como magistrada, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo.

Ingresó en la carrera judicial por oposición en junio de 1979. Tras su paso por distintos juzgados, ascendió a magistrada en julio de 1991, siendo destinada a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde permaneció hasta febrero de 2014, cuando fue nombrada magistrada del Tribunal Supremo de la Sala de lo Contencioso Administrativo, como magistrada especialista.