Caso ERE
El abogado de Chaves defiende en el Supremo que los «actos políticos» no prevarican
El letrado del expresidente socialista de la Junta de Andalucía ha pedido al Alto Tribunal que le absuelva del delito de prevaricación por el que fue condenado a nueve años de inhabilitación
Manuel Chaves ha utilizado su segunda oportunidad para defenderse ante la Justicia de la alargada sombra de la prevaricación que pesa sobre su gestión al frente de la Junta de Andalucía. La Audiencia de Sevilla condenó al socialista a nueve años de inhabilitación especial por su papel en el escándalo de los ERE. En la primera vista de la sesión que se ha celebrado este miércoles en el Supremo, su abogado ha pedido al Tribunal que le absuelva porque los acuerdos relativos a los anteproyectos de los Presupuestos andaluces -que Chaves aprobó cuando estaba en el Consejo de Gobierno- «no pueden considerarse actos administrativos» sino «actos políticos» a los que no sería aplicable el delito de prevaricación. Y al hacerlo ha citado la jurisprudencia del propio Supremo que recoge, tradicionalmente, cómo «los actos políticos y de Gobierno quedan excluidos de la prevaricación».
El letrado Pablo Jiménez de Parga se ha pronunciado, en estos términos, para insistir en la inocencia del expresidente de la Junta andaluza, para recordar que «ni los acuerdos por los que el Consejo de Gobierno aprobó el anteproyecto de ley de Presupuestos y acordó su remisión al Parlamento ni las modificaciones presupuestarias pueden ser calificadas en un concepto de resolución en asunto administrativo».
Así las cosas, Jiménez de Parga ha alegado que no sería posible aplicarle el artículo 404 del Código Penal por el que se castiga el delito de prevaricación al que fue sentenciado por la Audiencia Provincial.
No en vano, el órgano judicial andaluz concluyó que Chaves, como presidente del Consejo de Gobierno, «aprobó las modificaciones presupuestarias que afectaron al programa 31L«, el denominado fondo de repitles, »que por su cuantía eran competencia del Consejo de Gobierno, hasta su cese en abril del año 2009». Además, el fallo judicial determinó que «participó en la aprobación del anteproyecto de Presupuestos y envió el proyecto al Parlamento», circunstancia que llevó a los magistrados a concluir que lo hizo «conociendo» que «se consignaba indebidamente la transferencia de financiación al IFA».
La intervención del abogado que defiende el recurso de Manuel Chaves, contra su condena anterior, ha cerrado la sesión de este miércoles. El Alto Tribunal retomará, mañana, la segunda de las vistas programadas para la revisión de los ERE, con la participación de la Fiscalía que, al igual que la acusación popular que ejerce en este caso el Partido Popular, pedirá al Supremo la «íntegra ratificación» de las condenas impuestas.