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Carlos Flores, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia

Carlos Flores, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia

Entrevistas jurídicas

Carlos Flores: «La ley del aborto es contraria a la Constitución que proclama el derecho a la vida»

El catedrático valenciano de Derecho analiza para El Debate el estado de forma de la Constitución española y del panorama jurídico, en general

Carlos Flores Juberías (Valencia, 1964) es catedrático de Derecho constitucional en la Universidad de Valencia. Licenciado y Doctor en Derecho por la Universidad de Valencia, con Premio Extraordinario en ambos casos, entre 1993 y 1995 fue becario Fulbright y profesor visitante en la Universidad de California, San Diego. Autor de numerosísimas publicaciones tanto individuales como colectivas, es doctor honoris causa por las Universidades de San Francisco Xavier de Sucre (Bolivia) y de los Santos Cirilo y Metodio en Skopje (Macedonia), así como miembro de la Junta Electoral y del Consejo de Transparencia de la Comunidad Valenciana. Además, colabora como columnista en varios medios autonómicos.

- El debate sobre la reforma constitucional es recurrente ¿Necesidad real o cortina de humo?

- Si me preguntara como constitucionalista, mi respuesta es ambivalente. Por una parte, en la Constitución española hallamos cláusulas que el tiempo ha convertido en obsoletas, todas las que en el Título VIII arbitraron la puesta en marcha del sistema autonómico; cláusulas que la experiencia de estas décadas han revelado como mal diseñadas,el ejemplo del plazo para la investidura del Presidente del Gobierno; y, otras que han acabado concitando el rechazo unánime de toda la sociedad española, como la prevalencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona. Pero por otra, la misma flexibilidad de nuestro texto constitucional, unida a los frutos de cuatro décadas de jurisprudencia han servido para adecuarla a las exigencias de los nuevos tiempos lo que convierte su reforma en algo deseable, pero en modo alguno imprescindible, ni mucho menos perentorio.

Sánchez se ha embarcado en el peligroso juego de apoyar de palabra la Constitución sin dejar de atacarla con sus actuaciones

- ¿Cómo ve, en general la salud del Pacto Constitucional y el nivel de los políticos obligados a cumplirlo?

- Como analista político estoy forzado a constatar que el Pacto constitucional del 78 agoniza. Al relativo crecimiento pero, sobre todo, a la alarmante radicalización sufrida en los últimos años por los partidos nacionalistas y por los situados a la izquierda del PSOE, que ha privado a ese pacto de dos de los pilares que le sostenían –el nacionalismo moderado catalán, representado en su día por CiU y el de la izquierda posibilista encarnado por el PCE– toca sumar la creciente deriva antisistema del propio Partido Socialista, que primero con Zapatero y ahora con Sánchez se ha embarcado en el peligroso juego de apoyar de palabra la Constitución sin dejar de atacarla con sus actuaciones. Creo que es la clase política la que interesada e irresponsablemente deslegitima el modelo constitucional ante una opinión pública que, en muy buena medida, sigue creyendo en su legado y en su potencial.

- ¿Entiende que la pretensión del Gobierno de darnos una nueva Ley de Memoria Democrática quiebra el pacto constitucional?

- La mera idea de que el Poder Político dicte lo que sólo a los historiadores les corresponde esclarecer, sustituyendo la determinación de los hechos históricos a partir de las evidencias que la historiografía sea capaz de revelar, por un relato ideológicamente motivado, políticamente sesgado, y jurídicamente vinculante me parece criticable en cualquier momento y circunstancia. Si eso sucede, además, en una democracia, en la que el poder político debe autolimitarse en beneficio de la libertad individual y en el contexto de una sociedad plural en la que todos los puntos de vista merecen ser respetados, me parece también insoportablemente contradictorio y gravemente lesivo de las libertades. Pero, sobre todo, porque contribuye a hacer añicos la piedra angular sobre la que se asienta nuestro edificio constitucional y la base que legitima el conjunto de nuestro sistema político que no es otra que la idea de reconciliación entre las dos Españas.

- ¿Está deslegitimado un Gobierno que ha encerrado a los españoles bajo el paraguas de dos estados de alarma inconstitucionales?

- La pandemia ha supuesto para los Gobiernos de Europa y del resto del mundo un triple desafío: sanitario, sobre cómo salir de la pandemia con el menor número posible de muertes; económico, o de cómo hacer frente a la pandemia con el menor coste y el menor quebranto posible para nuestra economía; y, legal para articular la lucha contra la pandemia sin violar nuestro ordenamiento jurídico y nuestro sistema de libertades. Los dos estados de alarma declarados inconstitucionales es solo la punta del iceberg de una gestión que se ha revelado letal para la seguridad jurídica de los españoles y para el disfrute de nuestros derechos y libertades. Se dejó amordazado y maniatado al Parlamento justo cuando más necesario era que ejerciera sus funciones de control y se multiplicó la conflictividad entre el Estado y las Comunidades Autónomas, privándoles de capacidad de gestión cuando la demandaban, y dejándolas ayunas de directrices mientras la contratación pública se desarrolló al margen de procedimientos y controles que sólo ahora están revelando su verdadera magnitud.

El catedrático de la Universidad de Valencia, Carlos Flores

El catedrático de la Universidad de Valencia, Carlos Flores

- ¿Y si, además, incorpora a los enemigos del Estado constitucional en una Comisión de Investigación de Secretos Oficiales?

- El espectáculo de ver a la máxima responsable del CNI dando explicaciones de cómo nuestros Servicios de Inteligencia monitorizan los movimientos de quienes ponen en peligro, amenazan o directamente agreden la independencia o la integridad territorial de España, nuestros intereses nacionales y la estabilidad de nuestro Estado de Derecho, precisamente, ante quienes encarnan esa misma amenaza constituye una de las escenas más paradójicas que se habrán visto jamás en este país. Tal vez, solo comparable con la del Presidente del Gobierno disculpándose porque una institución que se halla a sus órdenes esté desempeñando ejemplarmente sus tareas ante quien más interés tiene en que deje de hacerlo. O con la de unos miembros del Gobierno pidiendo la renuncia de otros.

- Esos enemigos del Estado fueron condenados por el Supremo. ¿Son legales los indultos concedidos después?

- Que la regulación legal del indulto brinde al Gobierno que lo concede una enorme margen de discrecionalidad a la hora de apreciar las causas que lo justifican no quiere decir que su concesión pueda ser arbitraria y menos aún caprichosa. Del mismo modo que el que la propia institución tenga por fin librar al condenado del excesivo rigor de las leyes y los tribunales, no quiere decir que su ejercicio pueda redundar en la desautorización, y menos aun el desprestigio, de unas y otros.

El indulto a los líderes del 'procés' debilita al Estado y supone la castración de nuestro sistema de Justicia

El indulto a los presos del 'procés', responsables de delitos graves contra la convivencia y el patrimonio de todos los españoles, perpetrados con el mas completo desprecio a la ley desde la absoluta seguridad que la propia ley les daba a sus autores, y por si ello fuera poco reivindicados por sus autores incluso después de haber sido condenados se halla en la frontera misma entre la discrecionalidad del poder político y su arbitrariedad, entre la anulación de los efectos de una sentencia y la castración de nuestro propio sistema de Justicia.

- ¿Es inconstitucional el aborto tal y como se regula actualmente en España?

- En mi opinión, la vigente ley del aborto –por la que hemos pasado de contemplar la vida del nasciturus como un bien jurídico digno de protección, tolerando solo tres puntuales excepciones a esa regla, a considerar el aborto un derecho casi absoluto de la mujer gestante, cuyo ejercicio queda apenas sujeto a una cuestión de plazos– es abiertamente contraria a los principios de una Constitución que proclama el derecho de todos a la vida y el deber del Estado de proteger la salud. Y creo que esa es también la opinión del Tribunal Constitucional y la razón última de su mutismo al respecto.

- ¿Tiene usted la sensación de que el Poder Judicial es independiente? ¿Y la Fiscalía General del Estado?

- El Gobierno, el Parlamento y la case política española podrían hacer mucho más de lo que hacen para reforzar la independencia del Poder Judicial. Renunciando, por ejemplo, a la atribución que se autoconfirieron décadas atrás de nombrar a la totalidad de los integrantes del órgano de gobierno de los jueces, devolviéndoles a éstos una autonomía que la Constitución les brinda y que ciertamente se han ganado a pulso. Aún así, no tengo el más mínimo empacho en sostener que confío mucho más en los jueces que en los ministros o los diputados y, mucho más, en el Poder Judicial que en los otros dos poderes del Estado. No es solo que confíe en su conocimiento del Derecho, en su independencia institucional y en su probidad profesional, sino que incluso estoy persuadido de que los jueces y magistrados se rigen hoy en día por estándares más elevados que cualesquiera otros servidores públicos.

En los últimos doscientos años España ha tenido una reina y dos regentes pero ni una presidenta de la República o del Gobierno

- La Corona sigue siendo la institución más valorada. ¿Qué se quedó en el tintero de los padres constitucionales?

- Ya he señalado que la prevalencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona de España me parece a día de hoy inaceptable. Aunque antes de volver a tachar de misóginos a nuestros constituyentes convendría recordar que el sistema que ellos insertaron en el art. 57.1 era no solo el tradicional en nuestro Derecho histórico, sino también el más avanzado –en términos de reconocimiento del papel social y político de las mujeres– de todos los vigentes en aquella época. Antes de sumarme a los que tachan de anticuada y heteropatriarcal a la propia institución real, poner de relieve que en los últimos doscientos años España ha tenido una reina y dos regentes, mientras en ese mismo periodo de tiempo el número de presidentas de la República y de presidentas del Gobierno ha sido, exactamente, cero.

Tal vez habría sido deseable que el Título II de la Constitución hubiera incluido dos o tres artículos más encaminados a regular de manera nítida la responsabilidad del Rey y a marcar el estándar de transparencia que cabría esperar de él o a contemplar la eventualidad de su abdicación y el estatus del que dispondría tras ello. La eventualidad de que esas cuestiones se resuelvan al margen de cualquier norma escrita me parece tan inconveniente como la de confiar su regulación a unos legisladores cuya lealtad a la Corona resulta, como mínimo, debatible.

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