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El diputado de Más País Íñigo Errejón comparece ante el tribunalEFE/ Juan Carlos Hidalgo

El hombre agredido supuestamente de una patada por Errejón recurre la absolución del diputado

Considera que el líder de Más País faltó a la verdad en el juicio

El vecino del barrio madrileño de Lavapiés que denunció al diputado de Más País Íñigo Errejón por supuestamente haberle propinado una patada ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia por la que se absolvió al dirigente de un delito leve de maltrato. Ha insistido en que el político «faltó a la verdad» y que la sentencia no recoge los hechos tal y como sucedieron.

En un escrito de 24 folios el abogado ha insistido en que «la declaración de hechos probados de la sentencia no recoge los hechos tal y como suceden y -dicho sea esto con el debido respeto y consideración- no recoge hechos objetivos que quedaron acreditados en el acto del juicio».

Entre los hechos que supuestamente se obvian de la resolución ha destacado «la patada propinada por don Iñigo Errejón Galván», que le «desplazó más o menos un metro y medio hacía atrás».

Para el denunciante, la resolución dictada por el juez sustituto del Juzgado de Instrucción Número 16 de Madrid «adolece de crítica jurídica, al errar y confundir hechos y valoraciones respecto a lo ocurrido el día 2 de mayo de 2021». A su juicio, también «adolece de incongruencia al reconocer 'que es obvio' que alguno de los testigos que testificaron en el juicio no dijeron la verdad» y al «no efectuar» una «labor interpretativa jurídica alguna para tratar de averiguar qué testigos no dijeron la verdad».

Así las cosas, ha explicado que -aunque haya discrepancias entre las versiones defendidas en el juicio que tuvo lugar el pasado 29 de abril- «existen multitud de datos y situaciones tanto objetivas como indiciarias» que llevan a la conclusión de que su versión «es la cierta».

Ha destacado, entre otros, los vídeos y los atestados policiales -que el juez consideró que no esclarecían el asunto-. También ha incidido en los informes médico forenses y ha explicado que aunque no quedaran lesiones, sí hubo agresión. «Lo que no se puede mantener es que al no existir lesión no existe agresión, ya que si esta hubiese sido la voluntad del legislador no se hubiese tipificado y penado la conducta descrita en el artículo 147.3 del Código Penal», ha dicho.

«Errejón faltó a la verdad»

En el marco del escrito, el letrado ha insistido en que el denunciante llamó a las autoridades «nada más recibir la patada» y que en ese mismo momento identificó a su agresor, el líder de Más País. Además, ha asegurado que el hombre «no tiene ni ha tenido ningún motivo o causa para no decir la verdad».

«Su verdad -que es la verdad- viene siendo la misma desde el día 2 de mayo de 2021 a las 23.05 horas de la noche cuando llama al 091 comunicando que ha recibido una patada en la barriga por parte del Sr. Errejón nada más recibirla», ha reiterado.

En este sentido, el abogado ha subrayado que la «credibilidad» de su cliente es «absoluta», ya que «no tiene nada que ganar ni que perder». Por su parte, ha recordado que Errejón «no tiene obligación de decir verdad», en virtud de su ejercicio de defensa, y que «podía ver afectada gravemente su carrera política».

«Es por esto que esta parte está plenamente convencida que el denunciando Sr. Errejón faltó a la verdad en su declaración en el acto del juicio, ya que la realidad de la patada no solo queda acreditada con las tres declaraciones con apercibimientos legales efectuadas por el denunciante, sino en otra serie de datos objetivos», recoge el escrito.

Asimismo, el vecino de Lavapiés ha puesto en duda las declaraciones de los testigos aportados por Errejón. A su juicio, «no es muy ingenuo pensar que, al menos de forma indiciaria, estos tres testigos algún interés debían tener en la absolución de Errejón».

Según ha precisado, dicho «interés» sería «no solo por la amistad que reconocieron mantener, sino lo que es peor, porque su sueldo y futuro político depende y mucho del futuro político de Errejón y en consecuencia del partido que este preside Más País o su marca autonómica Mas Madrid».

Al hilo, ha destacado que la declaración de los testigos coincidía «al 100% y sin ninguna matización», lo que le lleva a pensar que «se ha preparado una versión ad hoc coincidente entre todos ellos».

En el marco del recurso, el denunciante también ha reprochado la actuación del Ministerio Público y ha hecho referencia a una circular de la Fiscalía General del Estado que establece que el fiscal no asistirá a juicio en los delitos de maltrato «salvo que la víctima sea una persona vulnerable por razón de edad, enfermedad, o incapacidad*y en el presente caso no solo asistió al juicio, sino que incluso actuó como »defensa« del denunciado».

Así, ha insistido en su petición de que se condene a Errejón a una multa de 6.000 euros -100 euros por día durante 60 días- y a una indemnización de 1.500 euros.