La mayoría de edad de la princesa Leonor: por qué sus 18 años condicionan el calendario electoral del Gobierno
En el momento en que la Princesa de Asturias adquiera la condición formal de futura reina es obligado que las Cortes Generales se encuentren en funciones plenas para acoger su juramento Constitucional
Desde un enfoque jurídico, la mayoría de edad de Doña Leonor, Princesa de Asturias, implica el cumplimiento del mandato recogido en el artículo 61.2 de la Constitución. Esta norma obliga a la heredera al trono de España a prestar juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas, y ser fiel al Rey. Un trámite no exhaustivo, ni cerrado, para el que según los diferentes expertos juristas consultados por El Debate, será necesario que haya en España un Gobierno «plenamente» ejecutivo. O lo que es lo mismo, que no se encuentre en funciones ya que, esto último, implicaría que Parlamento y Senado han sido disueltos para la convocatoria de unas elecciones generales. Un escenario «poco propicio», apuntan los mismos expertos, para la celebración del «acto solemne» en el que Leonor de Borbón, acompañada por su padre el Rey Felipe VI comparecerá en el hemiciclo para asumir su papel de manera oficial. Sin quererlo, los dieciocho años de la futura reina de España condicionan el calendario electoral de Pedro Sánchez.
Y es que el cumpleaños de la Princesa de Asturias coincidirá, temporalmente, con el fin del mandato del actual Gobierno de coalición entre PSOE y Podemos –ya que las últimas elecciones de las que nace el Ejecutivo, se celebraron el 10 de noviembre del 2019– de modo que, a salvo de un improbable adelanto electoral, los próximos comicios deberían convocarse hacia final de año, lo que exige una disolución de las Cámaras de, como mínimo, 54 días antes de la fecha elegida para la llamada a urnas. Así las cosas, esto impediría que Leonor de Borbón preste el juramento previsto en el artículo 61.2 de la Carta Magna, el día 31 de octubre.
Un acto político, jurídico y simbólico
«Se tratará de un acto trascendental en la vida pública de la Princesa de Asturias y de la nación por sus dimensiones políticas, jurídicas y simbólicas», asegura Daniel Berzosa, abogado y doctor en derecho constitucional por la Universidad de Bolonia. «Políticas porque se reforzará la legitimidad de la posición dinástica de la que goza Doña Leonor desde su nacimiento –prevista en el artículo 57.1 de la Constitución– y su condición de Heredera de la Corona, ésta adquirida de forma automática, ipso iure que decimos los juristas, en virtud del artículo 57.2 de la Carta Magna, tras la proclamación de Su Majestad Don Felipe VI como Rey de España el 19 de junio de 2014», añade el profesor.
Cuando alcance la mayoría de edad, se producirán, también, nuevas consecuencias jurídicas porque la normatividad de la Constitución, fijada a partir de su artículo 9.1, convierte el acotado, pero amplio contenido de los deberes de la fórmula del juramento –desempeño fiel de las funciones que Su Majestad le encomiende, acatamiento personal y de quienes se le acerquen de la Constitución, respeto de los derechos individuales y de ciertos sujetos públicos con base territorial, fidelidad al Rey,..– en obligaciones preceptivas, no sólo morales o por sentido de responsabilidad, para la Princesa Doña Leonor», explica Berzosa.
Y, simbólicas porque, «con la fuerza de los juramentos públicos, el destino de la Heredera de la Corona quedará unido, sin solución de continuidad, a la Constitución y sus normas, principios y valores; y a los anhelos, preocupaciones y necesidades de la nación, del pueblo español y de España, para lo que un día está llamada a ser Reina», concluye el jurista.
La icónica fecha del 31 de octubre
Así las cosas, se plantea la necesidad de hablar de una «estabilidad institucional» que permita a Doña Leonor cumplir con el trámite de jurar la Constitución más allá de la lectura sobre la «garantía del equilibrio y la continuidad que ella misma representará, a partir de entonces, en la Jefatura del Estado» español, anota Ramón Rodríguez Arribas, vicepresidente de honor del Tribunal Constitucional.
Aunque no hay una obligación legal como tal, es tradición, que el heredero al trono jure la Constitución el mismo día de su cumpleaños
Rodríguez Arribas también señala cómo la mayoría de edad de la princesa Leonor implicará la confección de una agenda propia y su ingreso en las academias militares de cada uno de los ejércitos, Tierra, Mar y Aire. Leonor «adquirirá más responsabilidades y sumará más protagonismo en sus apariciones públicas de cara a su preparación» para el día en que se convierta en reina -hasta adquirir su «estatus protocolario»- dado que «la condición de Princesa de Asturias la tiene por el mero hecho de ser la primogénita» de las hijas de Don Felipe y Doña Letizia.
Sea como fuere, «cabe destacar cómo al mayoría de edad de Doña Leonor aportará una sensación de normalidad en medio de la tensión permanente de la escena política y reforzará el sentido de unidad del Estado» haciendo gala de la «ausencia de parcialidad» que caracteriza a la Corona, apostilla el exvicepresidente del Constitucional.