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Soledad Iparraguirre, 'Anboto' está condenada a cientos de años de prisiónJusticia

Exclusiva | Audiencia Nacional

Renuncia el fiscal de la causa reabierta contra los exjefes de ETA que ordenaron asesinar a Miguel Ángel Blanco

Vicente González Mota abandona la acusación pública de la investigación judicial, por discrepancias insalvables con el enfoque jurídico de la cúpula de la Fiscalía

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, celebraba sin éxito la vistilla de toma de declaración a los dos exjefes de ETA, Soledad Iparaguirre 'Anboto' y Miguel Albisu Iriarte 'Mikel Antza', citados hoy como presuntos cerebros detrás de la orden de secuestro, y el posterior asesinato, del concejal del PP de Érmua Miguel Ángel Blanco, en la que ambos se han negado a declarar. Sin embargo, más allá de este hecho, la sorprendente renuncia del fiscal Vicente González Mota -encargado desde sus comienzos de la causa reabierta, junto con su superior Miguel Ángel Carballo- por discrepancias insalvables con la cúpula del Ministerio Público, ha abierto un escenario inesperado en la importante cita que, este jueves, debía producirse en sede judicial para determinar la responsabilidad de ambos terroristas como «autores mediatos» de la muerte del joven político vasco.

Según ha podido saber El Debate, en exclusiva, en representación de la Fiscalía ha acudido hoy, en su lugar, Pedro Rubira quien, separándose de la línea «dura» de su compañero, se ha posicionado en contra de la solicitud de medidas cautelares para los dos etarras y, adicionalmente, del tercer investigado por los mismos hechos, José Javier Arizkuren Ruiz alias 'Kantauri'.

Además, desmarcándose de la posición que defendía González Mota, en su escrito, el fiscal Rubira ha informado en contra de la incorporación de otro histórico terrorista que, según los informes de la Inteligencia policial española, también participó de la orden directa del secuestro y el asesinato de Miguel Ángel Blanco: Ignacio Gracia Arregui, 'Iñaki de Rentería'.

Los indicios contra 'Iñaki de Rentería'

El cambio de nombres en el seno de la Fiscalía podría beneficiar el futuro judicial de 'Iñaki de Rentería'. No en vano, el archivo provisional de su imputación en la causa dependía, en buena medida, de la tesis jurídica del Ministerio Público a los recursos presentados -tanto por el fiscal saliente como por la acusación de las víctimas de la Asociación Dignidad y Justicia (DyJ)- contra la decisión del juez García-Castellón que será, ahora, el encargado de dictar una resolución definitiva sobre la situación procesal del terrorista.

El pasado día 8 de julio, el fiscal Vicente González Mota solicitó al magistrado que revocase el sobreseimiento acordado para 'de Rentería' alegando que «acordar la resolución de sobreseimiento, con las consecuencias que lleva aparejadas», equiparables a las de una «sentencia absolutoria», no era «procedente en este momento» de la causa.

El representante del Ministerio Público entendía que una cosa era no citarle, de entrada, «en condición de investigado» y otra, muy diferente, que se le absolviese anticipadamente «por prescripción» de sus delitos, cuando existían indicios sólidos de que, en el momento del trágico atentado, era el número uno de ETA. Con su renuncia de hoy, la tesis sostenida por la Fiscalía, en esta cuestión, queda huérfana.

Tal es así que fuentes próximas a la causa han relatado a El Debate cómo al término de la vista celebrada esta mañana en sede judicial, y antes de dar por finalizada la misma, el fiscal Rubira solicitaba un último turno de intervención para hacer una serie de «manifestaciones» adicionales. En dos sentidos: el primero, indicar cómo el derecho de las víctimas a ser resarcidas de los delitos sufridos no es, a su juicio, un derecho «inalienable»; y, en segundo término, para cuestionar la «suficiencia» de las conclusiones de los informes periciales presentados por los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, al frente de las pesquisas policiales, sobre el papel jugado por cada uno de los terroristas bajo sospecha de haber dado la orden directa de acabar con la vida de Miguel Ángel Blanco.

El Supremo contra las absoluciones

La declaración estaba prevista apenas veinticuatro horas después de que el Supremo anulase a Anboto la absolución dictada por el polémico juez de Prada por el intento de asesinato de dos policías contra los que, en mayo de 1985, colocó un coche-bomba mientras vigilaban el polideportivo de Mendizorroza (Vitoria). Así pues, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha sido corregida por el Alto Tribunal ya que, a juicio de los magistrados, sus compañeros de la Audiencia Nacional omitieron «con una argumentación no racional» la valoración de una prueba de huellas que tenía «un alto valor» para el fiscal.

No sería el único revés judicial para los etarras. En las últimas horas, la Sala Segunda de lo Penal del Supremo hacía pública un nuevo fallo según el cual la Audiencia Nacional tendrá que reeditar, con otros magistrados, el juicio contra los etarras Carmen Guisasola, Oscar Abad y Jose Ramón Martínez resultaron absueltos del asesinato del policía nacional Ignacio Pérez Álvarez, en 1990, en Galdácano (Vizcaya).

Los magistrados del Alto Tribunal han aceptado íntegramente el recurso de la Fiscalía y determinado que sus compañeros de la Audiencia se equivocaron al aplicar la prescripción de los delitos por los que se les juzgaba, además, en base a una motivación absolutamente insuficiente para justificar el cambio de criterio respecto de lo que había resuelto con anterioridad. Un precedente jurisprudencial que será útil al magistrado García-Castellón en la decisión sobre Rentería que tendrá que tomar próximamente.