Sin ningún fleco pendiente
Suiza archiva el expediente contra el gestor del Rey Juan Carlos I
La investigación concluye sin condena ni sanción económica para el abogado Dante Canonica, el director de la fundación donde el padre de Felipe VI supuestamente habría colocado 60 millones de euros
La Federación Suiza de Abogados ha archivado el expediente penal-administrativo a Dante Canonica, el director de la fundación panameña Lucum, a cuyo nombre se abrió la cuenta de Juan Carlos I en la banca ginebrina Mirabaud & Cie. En dicha cuenta, el entonces jefe del Estado español supuestamente recibió 64,5 millones de euros del Gobierno de Arabia Saudí en 2008, según informa 'El País' este martes.
Así, el expediente ha concluido sin condena ni sanción económica al letrado que constituyó y dirigió durante años la estructura mercantil que supuestamente sirvió para ocultar esa parte de la fortuna del exmonarca, según fuentes cercanas a la investigación han trasladado al citado medio. No se ha podido demostrar que Canonica incumpliera las normas que se exigen a los abogados que actúan de intermediarios financieros.
Medios judiciales ginebrinos han reconocido al digital que «la actuación de Canonica no fue ejemplar pese al archivo del expediente». Sin embargo, no ha sido posible la imputación de ningún delito al director de la entidad.
Archivo de todas las causas
A unas horas de cumplirse los dos años desde que Don Juan Carlos decidiera trasladar su residencia a Abu Dabi, esta decisión de las autoridades suizas se suman al archivo granjeado también este año por Juan Carlos I decidido por la Fiscalía del Supremo español sobre todas sus causas pendientes. Una noticia que se sumó al fallo conocido hace apenas medio mes de la Corte de Apelaciones de Reino Unido, que se posicionó a favor del monarca y en contra de la decisión del juez Matthew Nicklin que rechazó su estatus diplomático frente a la demanda presentada por acoso por la princesa alemana.
El siguiente único paso de Don Juan Carlos en tribunales lo darán sus abogados en Reino Unido, cuando tengan la oportunidad de justificar, ante el tribunal superior, los motivos por los que debería contemplarse la protección jurídica específica que lo ampara.