Tribunales
La reforma de la sedición librará de la cárcel a la prófuga Marta Rovira y suavizará la de Puigdemont
La modificación legal iniciada por el Gobierno permitirá, además, a Oriol Junqueras presentarse con ERC a las próximas elecciones autonómicas de 2025 y elimina las condenas por malversación al ser medial
El Gobierno ha dado este viernes el pistoletazo de salida para modificar la redacción del Código Penal y eliminar el delito de sedición. Así lo anunciaba el presidente del Ejecutivo socialista tras confirmar que su grupo parlamentario y el de sus socios de coalición, Unidas Podemos, registrarían en sede parlamentaria una propuesta de reforma legal para eliminar el actual castigo a quienes cometan, en el futuro «desórdenes públicos agravados». Pero la exigencia de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) a Pedro Sánchez tendrá, además, un beneficio directo para los separatistas catalanes que apoyaron su investidura -a los que necesita, vía presupuestaria, para mantenerse en La Moncloa hasta la próxima convocatoria de elecciones generales, en 2023- y que fueron condenados por el Supremo como líderes del 'procés'.
También para los prófugos de la Justicia, esencialmente el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, instalado en Bélgica desde que conoció su imputación y de la número dos de Oriol Junqueras, Marta Rovira, huida a Suiza desde 2018. Es decir, una «amnistía en toda regla» como denuncian fuentes de toda solvencia del ámbito judicial. El texto publicado este viernes en el Boletín Oficial de las Cortes no sólo afectará a la desaparición del delito de sedición, como tal, sino que «los hechos que se declararon probados» en la sentencia del 'procés' dictada por nuestro más Alto Tribunal son «atípicos desde la perspectiva de los nuevos desórdenes públicos agravados».
Lo que, a efectos prácticos supondrá recuperar a todos los condenados para la primera fila de la participación política, ya que las penas de inhabilitación «también decaen» y amnistiar, de facto, a los fugados de la Justicia española que, igualmente, podrán «reincorporarse a su vida pública».
Además, el retoque del Gobierno hará que se conviertan en «atípicos» los hechos que se tuvieron en cuenta para la malversación. «Como la malversación era medial para la comisión de otro delito», la sedición, que ha dejado de serlo, «no puede darse ya, como tal». Esto es, el Supremo falló que los fondos públicos utilizados por los separatistas fueron un medio para lograr la «comisión de otro hecho ilícito» superior, la independencia de Cataluña. Una vez desaparecido el último, tampoco existe el primero. Así las cosas, incluso, «tocará al Estado devolver los importes por las condenas relativas al dinero 'no malversado'» o aquel que no pudiera acreditarse que lo fuera. Una situación que «desarma al Estado frente al próximo ataque» advierten los expertos.
¿Cómo afectará a las penas actuales?
El acuerdo al que han llegado los socialistas con Esquerra, tal y como anunciaba el propio presidente del Govern catalán, Pere Aragonés, esta misma mañana, pasa por «eliminar» la redacción actual del ilícito recogido para el delito de sedición en el artículo 544 del Código Penal y sustituirlo por una especie de tipo agravado de «desórdenes públicos». El reproche, asimilable a los recogido en el artículo 577 de la norma está previsto para sancionar a quienes actúen «en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública» y «afectar gravemente el orden público» empleando, obligatoriamente, la «violencia o intimidación». Las penas se rebajarán de los quince años de cárcel actuales a una horquilla de tres a cinco de prisión con la pena asociada de inhabilitación para el ejercicio de cargo público si el delito lo comete alguien de dicha condición, con un máximo de ocho años.
De esta manera -de acuerdo con la norma de aplicación del Derecho Penal según la cual la retroactividad normativa podrá ser de aplicación siempre que el texto legal obre a favor del reo- el PSOE favorecerá a quienes ya fueron condenados por el Tribunal Supremo en el marco del juicio del 'procés'. Y, por extensión, a los que permanecen rebeldes a la Justicia española porque abandonaron el país antes de que se les pudiesen notificar las acusaciones que pesaban contra ellos.
¿Irán Rovira y Puigdemont a prisión?
Aunque ambos comparten su situación procesal como prófugos del Estado español, Marta Rovira, secretaria general de ERC, huida en Suiza, es más benévola que la del expresidente catalán, líder de JxCat, Carles Puigdemont. Rovira está acusada por el juez instructor del 'procés', el magistrado Pablo Llarena, por un delito de sedición pero no por malversación, de manera que la pena máxima de cárcel en su caso oscilaría entre un mínimo de tres años y un máximo de cinco. El tiempo que el Gobierno de Pedro Sánchez tardó en indultar a su compañero Junqueras y que, sin antecedentes, podría librar a la catalana de ingresar en prisión.
Y ello porque al rebajarse el tramo final de la pena de quince a cinco años, el plazo de prescripción del delito baja también -según el artículo 131 del Código Penal- unos diez años: desde el 2037 actual hasta el 2027 tras la modificación legal. Si bien esta figura no es de aplicación inmediata hay muchas posibilidades de que al agotarse antes el tiempo los huidos puedan volver con antelación. No sin antes comprobar que el cómputo no se interrumpió, especialmente, en el caso de Puigdemont a partir de todos los periplos judiciales vividos por el independentista a lo largo y ancho de Europa durante todo este tiempo.
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Precisamente, el expresidente de la Generalitat, que fijó su residencia en Bruselas, y sus exconsejeros Toni Comín, Clara Ponsatí -procesados por sedición, malversación y desobediencia- y Lluís Puig -sólo por malversación y desobediencia- se verían mejorados con el recorte del castigo penal previsto en el nuevo texto del Gobierno.
Sin embargo, esto no evitará para ellos, en ningún caso, el ingreso en prisión, acreditado el delito de malversación, castigado con hasta ocho años de cárcel y hasta 20 de inhabilitación. En el caso de pisar suelo español, la Orden Europea de Detención (OEDE) activada contra ellos por el Supremo implicaría su inmediata detención, puesta a disposición judicial e ingreso en prisión provisional, a la espera de un juicio que se tendría que celebrar en el Alto Tribunal.
¿Podrá Junqueras volver a la política?
Oriol Junqueras condenado por el Supremo a una pena de 13 años de prisión, y otros tantos de inhabilitación, fue indultado por el Gobierno de la pena privativa de libertad pero no la que le ha apartado del ejercicio de ningún cargo público hasta el cumplimiento íntegro de la sentencia. Sin embargo, la entrada en vigor de la reforma del Gobierno que eliminará el delito de sedición -y lo subsumirá en el nuevo tipo de «desórdenes públicos agravados» con «violencia o intimidación»- el líder de ERC podrá solicitar la aplicación retroactiva de las condiciones más beneficiosas. Un escenario en el que, más allá, de favorecer posibles reincidencias para quienes ya han advertido que insistirán en la independencia, se anticipará su regreso a la política activa.
En la actualidad, Junqueras está afectado por la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo, esto es, presentar una candidatura y ser elegido, hasta julio de 2031. Sin embargo, al aplicársele la nueva horquilla de entre seis y ocho años prevista en la proposición del Gobierno para aguar el actual delito de sedición, podrá presentarse a las elecciones autonómicas catalanas que tendrán que celebrarse en 2025.