Otra vuelta de tuerca
El PSOE y Montero endurecen aún más la Ley del aborto para facilitarlo a las niñas de 13, 14 y 15 años
Ambos socios aprovechan el trámite parlamentario del proyecto de ley para modificarlo y que las menores que aún no hayan cumplido los 16 años también puedan eludir el consentimiento paterno
El PSOE y Unidas Podemos han aprovechado el trámite parlamentario de la nueva Ley del aborto para facilitar su acceso también a las menores de 13, 14 y 15 años. A todas las que aún no hayan cumplido los 16. Según la propuesta de los dos socios, la niña podrá ir a juicio para anteponer su voluntad en el caso de que haya discrepancias entre su opinión y la de sus padres.
Ambos grupos parlamentarios han presentado una enmienda conjunta al proyecto de ley que los dos aprobaron en el Consejo de Ministros y que supone una vuelta de tuerca más al asunto más polémico: la supresión del consentimiento paterno –o de los representantes legales– en el caso de las menores.
En el texto que salió del Consejo de Ministros el pasado 30 de agosto, el Ministerio de Igualdad ya eliminó ese requisito para las menores de 16, 17 y 18 años, expresado así en el primer apartado del artículo 13 bis: «Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo a partir de los 16 años, sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales».
Así pues, quedaban al margen las menores de 16 años, que sí requerían el consentimiento paterno, regulado a su vez en la Ley de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (artículo 9.3.c: «Se otorgará el consentimiento por representación cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención»).
Pero a Irene Montero le ha parecido poco y, con el apoyo de su grupo parlamentario y del socialista, ha impulsado un nuevo apartado en el artículo 13 bis que dice, textualmente: «En caso de discrepancia entre la menor y los llamados a prestar el consentimiento por representación, los conflictos se resolverán conforme a lo dispuesto en la legislación civil por la autoridad judicial, debiendo nombrar a la menor un defensor judicial en el seno del procedimiento y con intervención del Ministerio Fiscal. El procedimiento tendrá carácter urgente».
Es decir, que la niña embarazada tendrá derecho a un abogado para litigar contra sus progenitores, en el caso de que ella quiera abortar y sus padres no; o viceversa.
«Informada, oída y escuchada»
Ambos grupos justifican su enmienda conjunta en la necesidad de que la nueva Ley del aborto garantice «los derechos de la menor a ser informada, oída y escuchada». Y añaden: «El pleno reconocimiento de tal derecho requiere dar intervención al menor en cualquier procedimiento administrativo o judicial donde se diriman cuestiones que puedan afectarles, motivar, en todo caso, la decisión adoptada cuando se aparte de la voluntad del menor y con posibilidad de interponer recurso contra la misma. Para ello será preciso que la menor cuente con un defensor judicial que le represente en el procedimiento».
La enmienda tiene todos los visos de ser incluida en el texto definitivo que salga del trámite parlamentario, puesto que ha sido redactada y pactada por los dos socios del Gobierno. No hay mayor garantía que ésa.
Si la supresión del consentimiento para las menores de 16 y 17 años (que había introducido el PP en 2015) ya suscitó mucha polémica, esta puerta lateral para las de 13, 14 y 15 años no será menos. En la enmienda a la totalidad que presentó Vox a este proyecto de ley, la formación de Santiago Abascal denunciaba: «Se busca deliberadamente apartar a los padres de la toma de decisiones de sus hijas para propiciar que adolescentes menores de edad o con discapacidad, sin la madurez suficiente y en un contexto de desinformación, soporten la pesada carga de acabar con la vida de su hijo solas, sin ningún tipo de apoyo ni guía familiar para afrontar las severas consecuencias físicas y psicológicas que padecerán el resto de su vida».
También el PP presentó una enmienda a la totalidad de devolución. Ambas fueron rechazadas por el pleno del Congreso el pasado 6 de octubre. Y, asimismo, una de Ciudadanos, en su caso de texto alternativo. Aquel día, la Cámara Baja reconoció los derechos de los animales a la vez que se los negaba a los no nacidos. Puesto que también se debatieron las enmiendas a la totalidad de la Ley de protección, derechos y bienestar de los animales y de la modificación del Código Penal en materia de maltrato animal (en los dos casos, rechazadas).
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Durante el periodo de audiencia pública de la Ley del aborto, la Comunidad de Madrid, Castilla y León y Galicia presentaron 53 alegaciones, muchas de ellas a propósito de la eliminación del consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años y del periodo de reflexión de tres días, así como del registro de objetores. El departamento de Montero rechazó 52, todas menos una, de carácter técnico y menor. Ni siquiera fue aceptada en su conjunto, sino parcialmente.
Como ya contó El Debate en septiembre, La aplicación de la nueva Ley del aborto supondrá un coste extra de 132.929.915 euros anuales para las arcas públicas, según los cálculos del propio Ministerio de Igualdad: 1,15 millones de euros para el Estado propiamente dicho, 88,7 millones para la Seguridad Social y 43 millones más para las comunidades autónomas.
Solo garantizar el aborto en centros públicos supondrá 7,5 millones de euros más al año; a razón de 380 euros por aborto. Según Igualdad: «En promedio un aborto de hasta 12 semanas, con anestesia local y sin otro tipo de complicaciones puede costar alrededor de 350 euros incluyendo el preoperatorio. Si el embarazo supera las 12 semanas el precio de la intervención se incrementa de manera muy variable dependiendo del número de semanas, las condiciones de salud y el riesgo que implica la intervención», especifica. De ahí que haga una media de 380 euros.