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Como avanzó El Debate

El TC mantiene la ley del aborto de Zapatero y nombra nueva ponente tras rechazar la propuesta de Enrique Arnaldo

El Pleno del órgano se ha negado a asumir la propuesta del magistrado conservador que declara parcialmente inconstitucional la norma. Ha sido una doble sesión «tensa» tras denegarse la abstención de la magistrada Espejel

Doce años después –y tras un polémico e «inédito» rechazo del Tribunal a la abstención presentada por la magistrada Concepción Espejel en el asunto– un Constitucional «fuertemente dividido» ha sido incapaz de resolver el recurso planteado por el Partido Popular contra la «ley Aído» del aborto que aprobó, en 2010, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Según ha podido saber El Debate, la Corte de Garantías ha rechazado mayoritariamente la ponencia redactada por el conservador Enrique Arnaldo que declaraba la constitucionalidad del sistema de plazos pero impugnaba varios artículos de la norma –relativos a la objeción de conciencia y el consentimiento informado de la mujer– que seguirá vigente a la espera de la futura y eventual modificación que prepara el Ministerio de Igualdad de Irene Montero.

La vicepresidenta Inmaculada Montalbán hereda la redacción de una sentencia definitiva a la carta de la mayoría de izquierdas

Fuentes próximas al órgano que preside Cándido Conde-Pumpido han apuntado a las «severas» discrepancias que «el tema suscita» entre los miembros del sector de la izquierda frente sus compañeros conservadores, «durante un Pleno que ha sido tenso en fondo y forma». Así las cosas, una vez han concluido las intervenciones de todos los miembros de la Corte y se ha efectuado la votación negativa sobre la ponencia, la norma cuestionada seguirá siendo de aplicación hasta que sea sustituida por otra posterior.

Por ocho votos –siete del bloque mayoritario más uno de la magistrada Concepción Espejel– a tres, de los conservadores, la ponencia quedaba vetada en su totalidad. En el caso de la jurista –a quien «se ha obligado» a formar parte de un Pleno «indebidamente constituido» tras denegarle su abstención– su voto negativo, con explicación se dirigía en sentido contrario al del resto de miembros del Tribunal ya que no estaba «conforme» con la declaración de constitucionalidad del artículo 14 de la ley,

A partir de ahora, la vicepresidenta del órgano, Inmaculada Montalbán, asume el encargo de adaptar la ponencia a la voluntad de siete de los once magistrados del Pleno. Un escenario en el, según ha podido confirmar El Debate, tanto Arnaldo como sus compañeros de la minoría conservadora han anunciado que emitirán votos particulares a la sentencia definitiva, tanto en la «incorrecta conformación del colegio de magistrados» como en la dirección de la «inconstitucionalidad de la ley de plazos».

Aunque todo apuntaba a que la unanimidad era un imposible en la sentencia que habría de dar respuesta a la norma que, desde 2010, regula la interrupción voluntaria del embarazo, existía una cierta confianza en que el cónclave convocado por Conde-Pumpido alcanzase un cierto consenso en la materia. No ha podido ser porque el sector zurdo del órgano, que atesora la mayoría, está situado en «una postura de máximos que sólo aceptará la declaración de constitucionalidad sin tacha» de la ley recurrida.

De ahí que ni la solución intermedia propuesta por el magistrado Arnaldo, ni la pretendida abstención de la magistrada Espejel en el caso al haber participado en un informe sobre el Anteproyecto del texto, como vocal del entonces Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), hayan contribuido a aproximar posturas. El TC se ha 'roto' en el primer tema político de su andadura, tan sólo un mes después de la última renovación. Y sorteando la recusación del propio presidente y tres de sus compañeros, para asegurar la viabilidad del quorum, como parte del plan con el que Conde tratará de dar salida a los temas más antiguos del TC.

El dilema de la información a la mujer

Según ha podido saber El Debate, en el transcurso de la doble sesión que se ha llevado a cabo este miércoles y hoy jueves, la mayoría de los magistrados llamados a intervenir en la resolución del histórico conflicto rechazaba cualquier posibilidad de validar la ponencia del magistrado Arnaldo en su totalidad.

Los jueces de la izquierda del TC se han negado asumir la inconstitucionalidad del artículo 17.5 de la Ley Orgánica 2/2010, en su último apéndice, en el que se determina que las mujeres que deciden abortar pueden acceder a documentación sobre la intervención y sus consecuencias pero siempre que lo soliciten. Sin embargo, el ponente consideraba que la falta expresa de ofrecimiento de oficio de dichos datos sensibles para una decisión tan delicada, no garantiza que «la gestante preste su consentimiento a la práctica del aborto previamente informada».