Alberto Casero cobrará 12.500 euros de indemnización tras entregar el acta de diputado y Tito Berni, 10.000
Recibirán un sueldo mensual de 3.126 euros en función del tiempo que fueron diputados
Tanto el exdiputado del PP Alberto Casero, que dejó el escaño tras ser procesado por el Tribunal Supremo por prevaricación y malversación en su etapa de alcalde de Trujillo (Cáceres), como el socialista canario Juan Bernando Fuentes Curbelo, obligado a dimitir tras conocerse que estaba siendo investigado por la trama de corrupción del caso Mediador, han solicitado a la Mesa del Congreso que se les abone la indemnización que les corresponde al dejar la Cámara.
El reglamento de prestaciones sociales del Congreso establece que todo diputado que deje el escaño tiene derecho a percibir una indemnización por cese, incompatible con otros ingresos públicos o privados.
La cuantía de esta indemnización es la equivalente a una mensualidad de la asignación constitucional (3.126,89 euros) por cada año de mandato parlamentario, siempre que hayan estado al menos dos años en la Cámara, requisito que cumplen tanto Casero como Fuentes Curbelo.
Similar a un subsidio de paro
Se trata de una compensación al estilo del subsidio de paro que perciben los trabajadores y que a los diputados no les corresponde al no formar parte del régimen de la Seguridad Social.
Ambos han registrado ya sendas peticiones que deberán ser evaluadas por la Mesa del Cámara. En el caso de Casero, que fue diputado seis meses en la anterior legislatura y más de tres años en la actual, le corresponde un total de algo más de 12.500 euros, mientras que al conocido como Tito Berni, con tres años justos de actividad parlamentaria esta legislatura, le deberían abonar algo menos de 10.000 euros.
Esta indemnización por cese no se abona de golpe, sino que se divide y el Congreso la va pagando mensualmente por la cuantía de la asignación básica de los diputados (3.126,89 euros), cuatro mensualidades para Casero y tres para Fuentes Curbelo.
Y es que esta prestación es «incompatible con la percepción de cualquier retribución, sueldo, salario, pensión, dieta, indemnización o percepción de cualquier naturaleza, sea de carácter público o privado», con lo que en cualquier momento la Cámara puede detener el pago si detecta que el exdiputado tiene otros ingresos.