Procés
El TSJC pide el indulto parcial para Borràs en «connivencia» con la rebaja del Gobierno a la malversación
La inédita solicitud de la Justicia catalana para la que fuera presidenta del Parlament, condenada a cuatro años de cárcel, no ingrese en prisión ha escandalizado a los juristas
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha hecho pública, este jueves, la condena a cuatro años de cárcel y nueve de inhabilitación a la líder de JxCat y expresidenta del Parlament, Laura Borràs, por fraccionar un total de 18 contratos de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), que dirigió entre 2013 y 2017, por valor de 300.000 euros, para adjudicarlos sin necesidad de concurso público a su amigo el informático Isaías Herrero. Pese a que para la Sala Civil y Penal del órgano catalán ha quedado acreditada la prevaricación cometida por Borrás, han solicitado para ella un indulto parcial con el que se evitaría su ingreso en prisión. Un mecanismo que, si bien está contemplado como posibilidad en el artículo 4.3 del Código Penal, no ha sido utilizado de forma habitual ni por la Audiencia Provincial de Barcelona, ni por el propio Tribunal sentenciador, por lo que la petición ha causado un gran revuelo en el mundo judicial.
«No tiene sentido» más allá del «populismo» punitivo que «parece haberse instalado», a veces, en Cataluña y de la «connivencia» de la resolución con la «relajación» en las sanciones previstas, en el nuevo Código Penal del Gobierno, a la medida de los separatistas, para el delito de malversación, apuntan algunos expertos consultados por El Debate. Máxime cuando dicha reforma legal fue pactada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez para lograr el apoyo de sus socios separatistas de Esquerra (ERC) a los últimos Presupuestos Generales del Estado.
«Ha quedado acreditado» que Borràs incurrió en «irregularidades» al adjudicar a dedo una serie de trabajos orientados a la creación de una web para la ILC que, si bien eran adjudicados a diferentes empresas, acababan siendo efectuados, siempre, por el amigo de Borràs. Y, sin embargo, y más allá de la petición de indulto parcial para minorar la pena en dos años y evitar la imagen de la expresidenta de la cámara parlamentaria catalana ingresando en un centro penitenciario, se recoge hasta un voto particular de la magistrada María Jesús Manzano que sostiene que debe ser castigada sólo con la inhabilitación.
«No tiene ninguna explicación», fuera de la «discrecionalidad legal permitida al órgano en este caso concreto, por afectar a quien afecta», desde un punto de vista «exclusivamente objetivo», lamentan varios expertos penalistas. Parece innegable que «soplan nuevos aires» en la jurisprudencia catalana, para algunas de las causas más políticas vinculadas al independentismo que se están ventilando en los últimos tiempos.
«La pregunta que cabe plantearse es cuántas veces antes, hasta la fecha, se había recurrido por parte del TSJC a este mecanismo legal», plantean otros juristas consultados por El Debate. Así las cosas y teniendo en cuenta la dureza de la Directiva de la UE para la protección de los Fondos Europeos en relación con todos los comportamientos que supongan una desatención o una mala gestión del dinero público, «en Europa deben estar atónitos».