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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

Tribunales

Sánchez salva los escollos del Constitucional y el CGPJ para imponer sus leyes más ideológicas

Este jueves se hacía público el contenido de la sentencia de la eutanasia. En paralelo, el Consejo de los jueces daba el visto bueno a la ley de familias y a la ley de secretos oficiales

Una tras otra, las leyes más ideológicas del Gobierno de Pedro Sánchez están saliendo airosas de los controles judiciales a los que quedan sometidas, antes o después de su aprobación. Y ello, muy a pesar de las consecuencias nefastas que, en la práctica, provocan algunos de los textos más polémicos de la legislatura. La renovación del Tribunal Constitucional, a la medida de la izquierda política, ponía el contador del recurso del aborto en marcha–pese a que llevaba más de doce años perdido en un cajón– hasta recibir el aval de un Pleno presidido por Cándido Conde-Pumpido, no sin tensiones internas en el órgano y lejos de la unanimidad.

En las últimas semanas, desde entonces, la Corte de Garantías ya ha dado luz verde, también, a los 'decretazos' del Ejecutivo, como mecanismo ordinario para legislar; la ley Celáa, que pone en jaque la educación concertada y la educación especial; o, la eutanasia, cuya sentencia se hizo pública este mismo jueves, promulgando el derecho a morir « a la carta». En este último caso, la ponencia, obra del magistrado Ramón Sáez defiende «en una construcción creativa» de la cuestión, que es «obligación del Estado» hacer factible la voluntad de cualquier persona «a poder morir» cuando lo desee.

Esto es, una especie de muerte personalizada que, según la interpretación del jurista, queda reconocida por la propia Constitución en el «derecho de autodeterminación» de los individuos y en el hecho de que la libertad sea el «valor superior del ordenamiento». Y una vez reconocido este «derecho de autodeterminación», correlativamente, nace la obligación de «habilitar las vías legales necesarias para permitir la ayuda de terceros que sea precisa» para que todo aquel que se encuentre en una de las circunstancias previstas «pueda ejercer su derecho a decidir sobre su propia muerte en condiciones de libertad y dignidad».

El espaldarazo del CGPJ

Tampoco el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha quedado rezagado en el espaldarazo a los textos más dudosos de Sánchez. Y es que, pese a las advertencias, críticas y salvedades a los que ha sometido a algunas de las normas sobre las que el órgano tiene la obligación de informar, antes de su tramitación parlamentaria, el Pleno de este último jueves ha aprobado por unanimidad un total de seis anteproyectos de ley que el Gobierno ha decidido impulsar, antes de las próximas elecciones autonómicas y municipales de mayo.

Entre ellas, la que sustituirá a la actual ley de secretos oficiales, donde el Consejo ha alertado de que existe una «marcada indeterminación» de los motivos que llevan a declarar la información como clasificada, al tiempo que pide revisar los plazos de desclasificación automática por considerarlos «excesivos». Según ha informaba el propio CGPJ, el informe elaborado por el vocal Wenceslao Olea se observa una «una marcada indeterminación en el establecimiento de los elementos, requisitos y parámetros necesarios para justificar la clasificación, así como en la motivación de la misma».

O lo que es lo mismo, el anteproyecto no regula expresamente «el nexo de causalidad específico que existe en cada caso entre la decisión de clasificar y la fundamentación constitucional y, también, la idoneidad y proporcionalidad de la decisión». Y ello porque «la justificación de la clasificación de la información debe concretar el riesgo grave y cierto existente, y la concreta y directa incidencia en el núcleo del bien jurídico protegido ('seguridad y defensa del Estado'), no siendo admisibles meras relaciones con elementos accesorios».

En una línea similar, tal y como ya avanzó hace unos días El Debate en primicia, el CGPJ alertaba de los fallos de técnica legislativa de la ley de familias, obra de la ministra de Unidas Podemos Ione Belarra. En un dictamen al alimón de los vocales Juan Martínez Moya y Pilar Sepúlveda, se sorteaban las críticas, no menores, a la norma que incurre en ciertos excesos sobre algunas materias que rebasan «el marco constitucional». La vocal Nuria Díaz Abad anunciaba un voto particular concurrente con la decisión única de sus compañeros.

En este caso, considera el Consejo que el texto diseñado contiene una regulación cuando menos «confusa» en lo que se refiere a los conceptos de unidad familiar y familia, a los efectos de poder aplicar las medidas de protección que previstas. La «atomización» que la ley realiza a la hora de detallar los distintos tipos de familia -previendo distintos tipos de protección en función del supuesto concreto, previendo el solapamiento de dos o más categorías y previendo incluso la equiparación de las personas solas sin explicación alguna- rebasa el marco constitucional de protección a la familia (art. 39 CE) y crea confusión, inseguridad jurídica y desigualdad entre los destinatarios de las medidas de protección previstas en el articulado.

Por si fuera poco, se omite a los abuelos de la protección prevista en el texto normativo, a los que tanto el Código Civil (artículo 160.2) como la jurisprudencia que lo interpreta confieren un papel relevante en el ámbito familiar.

Y, además, afecta al contenido de la patria potestad derivada de la relación paternofilial, que se refiere al deber de los padres de educar a los hijos y procurarles una formación integral. Teniendo en cuenta que el derecho a la educación es un derecho fundamental, el Consejo decreta que el art. 24.3 del anteproyecto «deberá escindirse con el fin de ser aprobado de forma independiente y con carácter de ley orgánica», a juicio del dictamen del CGPJ. Que, en general, encuentra en gran parte de su articulado de la ley de familias «disposiciones de carácter programático, algunas de las cuales se reducen a enunciados normativos meramente descriptivos sin contenido jurídico propiamente dicho».

Sea como fuere y a pesar de todos los defectos señalados, tanto en éste, como en las conclusiones del análisis encomendado, para las mismas leyes, al Consejo de Estado, las normas de Sánchez seguirán caminando directas a su entrada en vigor. La imposición de las mismas quedará sujeta, en todo caso, y una vez aprobadas, a la lupa de un Constitucional colonizado por una mayoría de afines del mismo Ejecutivo que debe someterse a su revisión.