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Yolanda Díaz e Irene Montero en el CongresoEFE

Legislación

Yolanda Díaz e Irene Montero cambian a la vez la misma norma y ahora el BOE no sabe cuál está en vigor

La ley de empleo y la ley trans han modificado el mismo artículo de forma contradictoria. El texto alude a las sanciones por discriminación en procesos de selección de personal

La ley de empleo, promovida por la vicepresidenta Yolanda Díaz, y la llamada ley trans, de la ministra Irene Montero, han modificado de manera contradictoria un mismo artículo legal, por lo que no se sabe qué versión es la que está en vigor. Esta situación ha sido denunciada por el abogado laboralista Robert Gutiérrez en sus redes sociales, que ha mostrado como al BOE no le ha quedado otra que «señalar ambas redacciones» porque la institución no sabe «cuál está en vigor».

Ambas normas fueron aprobadas en el Congreso el pasado 28 de febrero. Por lo tanto, se publicaron en el BOE, pero cada una con una redacción diferente en el artículo que regula las sanciones por discriminación en procesos de selección de personal de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISO).

Al margen de la inseguridad que, por sí misma, supone una publicación en el BOE de dos redacciones distintas de una misma ley, existe otro problema en la redacción prevista en la ley trans, a juicio de varios abogados laboralistas que han dado la voz de alarma. Según esta norma, no sería sancionable que, en un proceso de selección de personal, se les exigiera a las personas aspirantes información sobre su salud.

El también abogado laboralista Fabián Valero se ha mostrado muy crítico en su cuenta de Twitter, y ha señalado que este problema «no es poca cosa». «Ahora mismo tenemos dos redacciones del mismo artículo y en una de ellas se puede discriminar en el acceso al empleo por causa de salud. Urge una solución», ha remarcado.

Las modificaciones legales

La ley trans de Irene Montero modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y deja la redacción de la letra c) del apartado 1 del artículo 16 así:

«Solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado».

Por su lado, la ley de empleo de 2023 de Yolanda Díaz también modifica esa norma, y deja así la letra c) del apartado y artículo citados:

«c) Solicitar datos de carácter personal en cualquier proceso de intermediación o colocación o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Ante esta situación, la manera más lógica de resolver el entuerto sería que el Ejecutivo volviera a legislar en las próximas semanas, estableciendo así una redacción definitiva.