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Jornada electoral el pasado 4 de mayo de 201

Jornada electoral el pasado 4 de mayo de 2019GTRES

Elecciones 28-M

¿Pueden los residentes extranjeros votar en las elecciones municipales de mayo?

Los ciudadanos de la UE que viven en España y los de otros países que cuentan con acuerdos deben cumplir una serie de requisitos para participar en los comicios

Existen casos concretos de ciudadanos extranjeros que pueden votar en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo. Es el caso de los adultos de la Unión Europea que residen en España y también los inscritos en el censo electoral de extranjeros de fuera de la UE que tienen acuerdos para poder votar en elecciones municipales: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.

El Instituto Nacional de Estadística calcula que cerca de un millón de personas forman parte de este numeroso grupo de potenciales votantes. Para poder ejercer el derecho a voto deben cumplir con una serie de requisitos especiales que los incluya en el censo.

Los ciudadanos de la UE residentes en España deberían haber solicitado su inscripción en el censo electoral antes del pasado 30 de enero con su número de Identificación de Extranjero (NIE) y el certificado de empadronamiento municipal.

En el caso de los posibles votantes extranjeros residentes y nacidos en alguno de los países que tiene acuerdos con España, el plazo concluía unos días antes, el 15 de enero. En sus casos, a los requisitos anteriores se añade la necesidad de haber vivido una serie de años concretos en el país, algo que queda determinado por cada tratado.

Las elecciones autonómicas y municipales se celebrarán el próximo 28 de mayo y marcan un periodo electoral que se alargará hasta finales de año, cuando se produzcan las elecciones generales.

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