La reforma de la ley del 'sólo sí es sí' entra en vigor este sábado tras beneficiar a casi 1.000 delincuentes sexuales
Las nuevas penas rescatan las horquillas del anterior Código Penal para castigar con más años de cárcel las agresiones sexuales en las que haya violencia o intimidación
Aquellas condenas dictadas con anterioridad seguirán rigiéndose por el texto previo
La nueva ley del 'sólo sí es sí' echa a andar este sábado después de que el Congreso y el Senado dieran 'luz verde' a la reforma y tras ser publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La reforma de ley propuesta por el Partido Socialista acabó prosperando gracias a los votos de PP, Ciudadanos, PNV o PdCat. Una votación que evidenció, por enésima vez, la distancia que existe entre PSOE y Unidas Podemos –cada vez más solos en el hemiciclo–.
Casi 1.000 beneficiados en medio año
Ni 200 días ha durado la gran ley del Gobierno de coalición, que lejos de ayudar a las víctimas, les ha colocado en una posición aún más vulnerable.
En estos casi siete meses de su entrada en vigor, 985 delincuentes sexuales condenados se han beneficiado de la reducción de penas de la 'ley Montero' y más de 100 han salido de la cárcel según el cómputo oficial a 31 de marzo realizado por el Observatorio de Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial.
A la espera de que en los próximos días el CGPJ actualice los datos proporcionados por las distintas audiencias provinciales y tribunales superiores de justicia de todo el país, todo parece indicar que abril finalizará superando el millar de delincuentes sexuales beneficiados.
Novedades
Entre los cambios que trae la reforma hay que destacar la recuperación de determinados apartados del anterior Código Penal. Se rescatan algunas normas jurídicas para castigar con más años de cárcel las agresiones sexuales en las que haya violencia o intimidación.
La reforma propuesta por el PSOE y que hoy entra en vigor no distinguirá entre abuso y agresión –como en el anterior Código Penal–, pero sí se diferenciarán las agresiones sexuales en las que haya violencia e intimidación con aquellas en las que no se den estos dos factores. De ello dependerá que la pena sea más alta o más baja.
El aspecto que sigue sin modificarse es el del consentimiento, que sólo se entenderá cuando «se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona».
Revisión de condenas
A pesar de la entrada en vigor del nuevo texto, aquellas agresiones sexuales que se hayan cometido hasta ahora se seguirán rigiendo por el texto legislativo inicial. Es decir, seguirá habiendo revisiones de condenas que se enmarquen dentro de la ley del 'sólo sí es sí' aprobada hace medio año.