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Sede de la Audiencia Nacional.Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

La Audiencia Nacional indica que la candidata de Bildu Sara Majarenas está inhabilitada hasta 2028

La Audiencia Nacional ha constatado que la exintegrante del comando Levante de ETA Sara Majarenas continúa inhabilitada hasta el 6 de abril de 2028, como ha denunciado la asociación Dignidad y Justicia (DyJ) al pedir que se anule su candidatura en las listas de EH Bildu, y así se lo ha hecho saber a la Fiscalía.

En una nota de prensa, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha comunicado que ha recibido una providencia con fecha de este pasado miércoles dictada en ejecutoria por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal en la que se señala que Majarenas tiene una pena de inhabilitación absoluta que aún no ha liquidado.

Esta situación impide que pueda formar parte de una lista electoral según la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), a la que ha apelado Dignidad y Justicia para pedir que se anule su candidatura.

La Fiscalía archivó la semana pasada una denuncia que interpuso ante ella esta misma asociación, al no ver indicios de delito en la inclusión de 43 condenados de ETA en las listas de Bildu –entre ellos Majarenas– al entender que ya habían cumplido todos sus condenas.

Ahora, y a la vista de la resolución de la Audiencia Nacional, el Ministerio Público sostiene que el que la exintegrante del comando Levante no tenga liquidada la pena de inhabilitación absoluta «no supone una infracción penal».

Órgano competente

Mantiene así la Fiscalía lo que dictaminó en su anterior pronunciamiento sobre esta cuestión, si bien ha informado a la Junta Electoral de Zona para que adopte la resolución oportuna, ya que, asegura, es el órgano competente para determinar si esta persona cumple los requisitos para formar parte de una lista electoral.

En dicha providencia, según expone la citada nota, además de solicitarse informe al fiscal en otra cuestión relativa a la condena de Majarenas, se pone en conocimiento que se va a efectuar la práctica de la condena de inhabilitación absoluta que le fue impuesta en sentencia firme, y que ha quedado establecida hasta la citada fecha.

«Ante dicha circunstancia, de la que tenemos conocimiento en el día de hoy, se ha procedido por parte de la Fiscalía del Audiencia Nacional a dar cuenta de ello a la Junta Electoral de Zona, a través de la Fiscalía correspondiente», indica el departamento que dirige el fiscal Jesús Alonso.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional insiste en que esta «circunstancia no desvirtúa la decisión tomada en el Decreto de fecha 17 de mayo de 2023 por el archivó la denuncia de DyJ con el argumento de que los hechos denunciados no eran »constitutivos de infracción penal«, y de que le compete »a las juntas electorales correspondientes el control de la legalidad de las candidaturas".

Dignidad y Justicia, que en su denuncia ante la Fiscalía consideraba también que existen motivos para ilegalizar a Bildu por incluir a condenados por terrorismo en sus listas, se dirigió este miércoles a la Junta Electoral de Zona de Donostia para pedirle que anule la candidatura de Majarenas a las elecciones en Astigarraga (Guipúzcoa).

En su escrito, hecho público este jueves y que fue remitido también a las Juntas Electorales de Guipúzcoa y a la Central, así como al Servicio de Ejecutorias de la Audiencia, la asociación recordaba que Majarenas ingresó en prisión el 17 de febrero de 2005 y fue excarcelada el 9 de abril de 2018, tras cumplir 13 años y 2 meses, por lo que su pena de inhabilitación de diez años a cumplir tras la de cárcel se extendería hasta 2028.

Meses antes de quedar en libertad, le fue concedido el segundo grado penitenciario en marzo de 2017 para que pudiera convivir en un centro de acogida con su hija Izar de tres años, quien había sido apuñalada en enero por su padre. Para solicitarlo presentó además un escrito en el que mostraba su arrepentimiento y reconocía el daño causado por su actividad en la organización terrorista.

En la denuncia que archivó la Fiscalía, Dignidad y Justicia advirtió de la existencia de «anomalías» en las liquidaciones reflejadas en las hojas histórico penales de los etarras, como se pudo comprobar cuando instó a la anulación en 2015 de la candidatura de Iker Casanova, también condenado por su vinculación con ETA.

A raíz de ello, la Audiencia Nacional determinó que la forma idónea de ver si una pena de inhabilitación había quedado extinguida no era acudir a la hoja histórico penal, sino a la liquidación de condena practicada por los Letrados de la Administración de Justicia del Servicio Común de Ejecutorias.

Por ello, la asociación pedía asimismo a la Junta Electoral que requiriera «con carácter urgente» a dicho Servicio la liquidación de condena de Majarenas para subsanar así «el defecto doblemente cometido, por la Junta electoral de zona, al haber acordado la concurrencia de todos los requisitos legalmente exigidos a esta candidata cuando no los cumplía, así como por la propia Fiscalía de la Audiencia Nacional».

Teniendo en cuenta «el error padecido», la asociación reclamaba también que, además del de Majarenas, se requiera a la Audiencia Nacional «la liquidación de condena de todos y cada uno de los candidatos presentados por la entidad política EH Bildu», y que cuentan con condenas por terrorismo, por «si algún otro incurre en dicha causa de inelegibilidad».