Elecciones 28-M
¿Puedo votar si tengo el DNI caducado este 28-M?
La legislación actual indica los documentos que son necesarios para poder ir a votar a las elecciones municipales y autonómicas
El próximo domingo, 28 de mayo, será el día en el que millones de españoles acudirán a las urnas. Se celebrarán las elecciones municipales en todos los ayuntamientos de España, mientras que en el caso de las autonómicas, únicamente se darán en 12 de las 17 comunidades autónomas.
Asimismo, también tendrán lugar las elecciones generales, pero aún no hay una fecha concreta para ellas. El actual presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, es probable que adelante la fecha límite, ya que actualmente está fijado para el día 10 de diciembre.
Tanto para las autonómicas como para las municipales, los centros electorales abrirán a las 9:00 y cerrarán a las 20:00, momento en el que el presidente de la mesa electoral anunciará el final de la votación y se procederá al recuento de las papeletas. Si existen dudas sobre dónde tiene que votar cada uno, se puede comprobar a través del buscador del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Independientemente de los comicios a los que queramos acudir, la legislación vigente recoge una serie de documentos que se deben presentar de forma obligatoria si queremos ejercer el derecho al voto.
¿Se puede votar con el DNI caducado?
La legislación afirma que si queremos votar es imprescindible llevar el Documento Nacional de Identidad (DNI). Aun así, puede ser que este documento se encuentre caducado, pero no hay ningún problema con ello, ya que se puede ejercer el derecho al voto aunque no esté actualizado.
En este sentido, se exige que el DNI se lleve en su formato original, es decir, que este no sea una fotocopia y que el documento disponga de una fotografía que identifique a la persona en cuestión. La misma situación se da con el voto por correo, pudiendo votar aunque esté el DNI caducado.
¿Puedo votar con otros documentos?
Se pueden presentar otros documentos para votar. El pasaporte y el carnet de conducir son documentos válidos para poder acudir a las urnas. Además, estos también pueden estar caducados, pero serán válidos siempre y cuando sean los originales y lleven una fotografía que reconozca a la persona que va a votar.