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El TC inadmite el recurso de Puigdemont contra la orden de detención que dictó el Supremo

La mayoría de la Sala de Vacaciones del órgano de garantías considera que no se ha vulnerado el derecho fundamental del expresidente catalán fugado de la justicia

Con el voto en contra de la magistrada izquierdista Laura Díez, el Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso que presentó el expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, y el exconsejero catalán Toni Común, contra las órdenes de detención que dictó el Tribunal Supremo por los delitos de desobediencia y malversación. La Sala de Vacaciones de la Corte de Garantías, ahora con mayoría conservadora, considera que no se ha vulnerado el derecho fundamental del dirigente fugado de la justicia ni el de Comín.

La decisión ha sido adoptada por esta sala por dos votos a favor, los de los magistrados del ala conservadora César Tolosa y Concepción Espejel. Al ser la de los abogados de Puigdemont una petición de una medida cautelarísima, la mayoría conservadora del Constitucional ha considerado que era necesario resolverlo de forma urgente.

La magistrada Díez ha disentido de la decisión al considerar que la Sección no debió resolver este asunto sin el Pleno por no ser urgente la decisión sobre la suspensión de las medidas cautelarísimas y por considerar que, en su caso, el recurso de amparo debió ser admitido. Hay que recordar, a diferencia de la Sala de Vacaciones –la que se forma durante el período en que los tribunales interrumpen su actividad ordinaria, que tiene mayoría conservadora, el TC cuenta con mayoría progresista desde que se renovó en enero.

Cabe recalcar que Díez fue asesora en La Moncloa y corredactora de la polémica ley catalana de la Generalitat contra la sentencia del Supremo que impone el 25% de las clases en español. Ella fue una de las elegidas por Sánchez para la renovación a medida del TC, en la que también incluyó a su exministro de Justicia, Juan Carlos Campo, quien firmó en su momento los indultos a los líderes independentistas del procés.

El juez instructor del procés en el Supremo, el magistrado Pablo Llarena, ordenó la detención del líder independentista toda vez que acordó procesarle por los delitos de desobediencia y malversación agravada en el marco de la revisión que efectuó tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal que derogó el delito de sedición por el que en un principio se investigaba a Puigdemont.

El pasado junio, la Sala de Apelación del Supremo confirmó la decisión de Llarena al desestimar los argumentos de las defensas –que pedían anular el procesamiento– y de la acusación popular ejercida por Vox –que reclamaba aplicar el delito de desórdenes públicos agravados–.