Bolaños pone en duda la fiabilidad de los resultados del 23-J para justificar el recurso del PSOE ante el Supremo
El dirigente socialista ha señalado que «lo más garantista» es que se vuelvan a contar los votos declarados nulos en la circunscripción de Madrid
Félix Bolaños, ministro de la Presidencia y Relaciones con las Cortes, ha confirmado este jueves que el PSOE presentará un recurso ante el Tribunal Supremo contra la decisión de la Junta Electoral Central de inadmitir su petición de revisar los votos que se habían declarado nulos en la circunscripción de Madrid. Un recurso que el dirigente socialista ha justificado argumentando que el último escaño que en esta región perdió el PSOE en favor del PP «se ha distribuido por muy pocos votos».
«El PSOE va a recurrir a el Tribunal Supremo para que todos los votos nulos en la circunscripción de Madrid se vuelvan a revisar», ha explicado Bolaños en su comparecencia en el Congreso, donde ha señalado que «el último diputado en Madrid se ha distribuido por muy pocos votos, por una diferencia muy menor de votos».
Por ello, según ha manifestado, considera que «lo más garantista, lo más razonable es que se validen esos votos, se vuelvan a contar, se comprueben» para que «todos los ciudadanos que fueron a votar el día 23 de julio vean garantizados sus derechos y podamos saber exactamente cuál ha sido el resultado en la circunscripción de Madrid para asignar ese último diputado». Unas declaraciones con las que el portavoz socialista pone en duda la fiabilidad de los resultados electorales de las generales.
Ello pese a que desde la ciudadanía en redes sociales no se hayan mostrado dudas sobre los resultados que arrojaron las urnas en esta circunscripción. La Junta Electoral Central fue clara cuando inadmitió la petición de los socialistas de revisar los votos nulos: «La parte recurrente no aduce ninguna irregularidad en el escrutinio general como para justificar la repetición que solicita, sino que se limita a invocar su derecho a revisar el voto nulo indicando la cercanía en el número de votos necesarios para modificar la distribución de escaños en la circunscripción de Madrid». Un argumento que, para el máximo órgano electoral, «no puede ser acogido, puesto que resulta contrario al procedimiento establecido en la LOREG y haría inviable cumplir con los plazos legalmente establecidos».