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Tribunales

El Constitucional se abre a revisar los votos nulos de Madrid que dieron la victoria al PP el 23-J

La Sala Segunda de la Corte de Garantías, de mayoría de izquierda, ha acordado admitir a trámite el recurso del PSOE contra la decisión del Supremo de no recontarlos, con dos votos particulares en contra

La izquierda del Constitucional se ha impuesto al bloque conservador del órgano, en un tenso Pleno de la Sala Segunda que arrancaba a las 18.00 horas de esta tarde, para admitir a trámite el recurso de amparo electoral registrado por el PSOE contra la resolución con la que el Supremo (TS) desestimó su solicitud de revisión de los cerca de 30.000 votos de las elecciones generales del pasado 23 de julio, declarados nulos en la provincia de Madrid. El Auto ha contado con el voto en contra de los magistrados César Tolosa y Enrique Arnaldo quien ya ha anunciado que emitirá un voto particular.

Con esta decisión, el TC enmienda, a priori, el criterio de la Junta Electoral y del Alto Tribunal que coincidieron en la inexistencia de elementos objetivos para atender a la petición de los socialistas.

Si bien se trata de un «aspecto meramente formal y no se ha entrado en el fondo del asunto», apuntan fuentes próximas a la Corte de Garantías. La realidad es que, con esta decisión se abre una puerta al PSOE que trata de recuperar el escaño perdido en favor del PP, en dicha comunidad autónoma, y de anular la proclamación de Carlos García Adanero como diputado electo. Un escenario nada inocuo ya que abarataría una futura y eventual investidura de Pedro Sánchez, al necesitar ya no el apoyo explícito de Junts sino que sería suficiente con la mera abstención del partido de Carles Puigdemont.

Así las cosas, la Sala Segunda del TC tendrá que revisar, en un nuevo cónclave la sentencia dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso del TS que confirmó el Acuerdo dictado el pasado 8 de agosto por la Junta Electoral Provincial en los comicios a las Cortes Generales, descartando la revisión de la totalidad de los votos nulos de la circunscripción electoral de Madrid.

«Cambiar la doctrina» del propio TC

En la nota oficia emitida por el TC, han quedado reflejados los motivos por los que la Sala competente entiende que el recurso debía pasar el primer filtro de la Corte. Y es que, a juicio de la mayoría de sus miembros, el asunto «tiene una especial trascendencia constitucional» porque «trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica (STC 155/2009, fundamento jurídico 2.g)».

Además, el Constitucional ya ha avanzado que la solución sobre la base del recurso, o fondo del asunto, podrá «dar ocasión al Tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia del surgimiento de nuevas realidades sociales (STC 155/2009, fundamento jurídico 2.b)».

Desde hoy, se dará trámite procesal tanto a las partes interesadas como al Ministerio Fiscal para que, en un plazo tasado, puedan presentar alegaciones. La Sala se reunirá la próxima semana para decidir sobre el fondo del recurso electoral, antes de la investidura programada en el Congreso de los Diputados para Alberto Núñez Feijóo.