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Tribunales

La Fiscalía se querella contra Rubiales por agresión sexual y un delito de coacciones

El Ministerio Público considera que la actuación de Rubiales con la jugadora Jenni Hermoso, en la entrega de premios de la final del Mundial femenino, no fue consentida y pide abrir causa judicial contra el expresidente de la RFEF

La Fiscalía ha presentado este viernes en la Audiencia Nacional una querella formal contra Luis Rubiales, presidente suspendido de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), a quien pide investigar por los delitos de agresión sexual y coacciones en relación al beso que dio a la jugadora Jenni Hermoso tras la final del mundial en Sídney (Australia). El escrito se ha registrado tras la declaración de la futbolista ante el Ministerio Público y su decisión de adherirse a una eventual denuncia por lo ocurrido, como un presunto delito contra la libertad sexual de Hermoso.

De acuerdo con las pesquisas preliminares de la teniente fiscal de la Fiscalía General del Estado, se derivan «indicios suficientes» para entender que la actuación de Rubiales no fue consentida y que, por lo tanto, podría ser constitutiva de un delito tipificado de agresión sexual y otro de coacciones por la presión sufrida tanto por Jenni Hermoso como por su entorno familiar más cercano, tras el episodio.

Así pues, la Fiscalía a instado a la Audiencia Nacional, órgano competente al haberse producido los hechos fuera de las fronteras de nuestro país, que abra una causa penal contra el directivo suspendido de la RFEF. Según han avanzado a El Debate fuentes conocedoras del caso, el magistrado Santiago Pedraz, titular del Juzgado de Instrucción Central Número 5 en el que, por turno, recaerá la misma, será el encargado de dirigirla. A él corresponderá determinar si procede acusar, formalmente, al exdirectivo futbolístico que, en ese caso, podría enfrentarse a una condena de entre uno y cuatro años de prisión.

Antes, será citado a declarar, en calidad de investigado, para aportar su versión de lo ocurrido y presentar las pruebas que considera necesario para oponerse a la acusación de la Fiscalía, de acuerdo con el relato de hechos recogido por la fiscal encargada del caso, Marta Durantez, en su querella y que consistieron «en dar un beso en la boca, mientras agarra con las dos manos la cabeza de Jenni Hermoso, sin el consentimiento de ésta».

Durantez, también ha señalado que, «inmediatamente a este hecho, la jugadora, así como su entorno más próximo (familia y amistades) sufrió una presión constante y reiterada por parte del señor Rubiales y el entorno profesional de éste, con la finalidad de que, públicamente, justificara y aprobara el acto cometido contra su voluntad». Una situación que la Fiscalía califica de «hostigamiento, en contra del desarrollo de su vida en paz, tranquilidad y libremente».

Por todo ello, podría concluirse que lo ocurrido es constitutivo de un delito de agresión sexual previsto y penado en el artículo 178 del Código Penal y su comportamiento posterior de acoso a la futbolista debe considerarse como un delito de coacciones según el artículo 172 (penado con entre seis meses y tres años de cárcel). La ley del 'sólo sí es sí' que reformó los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal incluyó los besos en la boca entre los «actos merecedores de reproche» criminal.

Rubiales ya fue preventivamente suspendido de sus funciones por la FIFA, durante 90 días, y el Tribunal de Arbitraje del Deporte español (TAD) afeó la «gravedad» de su comportamiento con Hermoso, como miembro de la selección española, ganadora del último Mundial de Fútbol.