Tribunales
El TC desestimará la suspensión de las penas a los condenados por los ERE de la que sí disfruta Griñán
La Corte de Garantías revisará, y con ponencia estimatoria, el recurso de Vox contra el decreto ley del Gobierno sobre los Ryders que también impugnó el PP
Será una cuestión de pura «aplicación de jurisprudencia». El Constitucional, que como cada quince días, se reunirá esta semana en Pleno, para desestimar la petición de suspender cautelarmente las penas impuestas por el Supremo a los condenados por el 'caso ERE', durante el tiempo en que tarde en analizar los recursos planteados por la mayoría de ellos contra la decisión, firme, con la que el Alto Tribunal los declaró culpables.
La negativa del TC a interrumpir la ejecución de la sentencia en base a la que algunos de ellos tendrán que ingresar en prisión, se ajusta a la doctrina habitual del órgano por la que no se suelen interrumpir los ingresos carcelarios para quienes superen los cinco años de penas privativas de libertad y que, por lo tanto, son calificadas como «graves».
Un escenario que se separa del trato recibido por el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, a quien la Audiencia Provincial de Sevilla le paralizaba durante los próximos cinco años su ingreso en prisión y que, precisamente por este motivo, hace unos días desistía de su solicitud ante la Corte de Garantías aunque sin renunciar a la impugnación planteada contra la sentencia que le impuso la elevada sanción.
El TC resolverá, además, aceptar dicho desistimiento de Griñán y lo hará en un auto coetáneo a los que negarán las medidas cautelares instadas por los demás recurrentes: el también ex presidente andaluz Manuel Chaves, que fue condenado a 9 años de inhabilitación por prevaricación; la ex ministra socialista Magdalena Álvarez; y, los ex altos cargos Juan Márquez, Miguel Ángel Serrano, Carmen Martínez, Antonio Fernández, Antonio Vicente Lozano, Francisco Vallejo, Jesús María Rodríguez, Gaspar Zarrías y José Antonio Vera.
El recurso de Vox sobre los 'riders'
En septiembre de 2021, el Pleno del Constitucional admitía a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por más de 50 diputados de Vox y otros cincuenta del Partido Popular (PP) contra el decreto ley del Gobierno por el que se obligó a las empresas de reparto gestionadas a través de plataformas digitales, a contratar como asalariados a los conocidos como 'ryders'.
Ahora, en el cónclave que arranca esta misma semana, el Tribunal tendrá que decidir si declara la nulidad de dicho Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se modificó el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Y es que, según ha podido saber El Debate, la sentencia del magistrado Ricardo Enríquez, ponente designado para la causa, pasaría por dar la razón a los partidos políticos que se oponen a la reforma. La clave: que la norma del Ejecutivo socialista de Pedro Sánchez con cumple con el requisito del presupuesto habilitante que se exige a este tipo de textos legales.
O lo que es lo mismo, el decreto no cumplió con los límites materiales exigidos para los decretos ministeriales porque, a juicio del juez encargado del caso, no se justificó la extraordinaria y urgente necesidad alegada por el Gobierno para impulsarla y aprobarla, sin el control del Parlamento.