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El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, durante su audiencia con el rey Felipe VI tras ser nombradoEFE

Causas Pendientes

El pasado condiciona a Conde-Pumpido sobre la amnistía: el presidente del TC apoyó el 155 para Cataluña

Al igual que la totalidad de sus compañeros, coincidió en que se daban los requisitos necesarios para la aplicación del artículo

En julio de 2019, el Constitucional avalaba en dos sentencias unánimes del entonces presidente del órgano, Pedro González-Trevijano, y la vicepresidenta de la institución, Encarnación Roca, la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña. El Tribunal, entre cuyas filas se encontraba el hoy titular del Pleno, Cándido Conde-Pumpido, desestimó, entonces, los recursos de inconstitucionalidad planteados contra la medida decretada por el Gobierno de Mariano Rajoy –con el apoyo expreso de Pedro Sánchez y el grupo parlamentario socialista– por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y por el Parlamento de Cataluña.

Así las cosas, Conde-Pumpido, al igual que la totalidad de sus compañeros, coincidió en que se daban los requisitos necesarios para la aplicación de un artículo que, a juicio de la Corte de Garantías, había sido redactado para «otorgar al Estado un poder de coerción sobre las comunidades autónomas que permite la limitación de su autonomía en circunstancias extraordinarias» que atentaban gravemente contra el interés general de España.

Según aparece recogido en los fallos de las dos resoluciones que Conde-Pumpido, pero también la magistrada María Luisa Balaguer –ambos afines al sector de la izquierda del órgano– avalaron con sus votos, «el mandato del artículo 9.1 de la Constitución» establece que «todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y deben adecuar su actuación a sus determinaciones». Todo lo contrario de lo que, a juicio del Tribunal, hicieron quienes «atentaron contra el interés general de España, en cuanto se discutió la preservación misma del Estado español, intentando cuestionar su unidad e integridad territorial y constitucional».

Cabe recordar que, además, y en relación al papel del Gobierno, el TC estableció que su papel, dada la amenaza separatista, pasaba por actuar «como órgano constitucional garante de la integridad de la norma suprema del ordenamiento y del orden territorial que de ella deriva y con la finalidad de reconducir la actuación de una comunidad autónoma cuyos órganos han infringido gravemente obligaciones constitucionales o legales o han atentado contra el interés general de España».

Una posición que chocaría con la defensa política que, desde el actual Ejecutivo en funciones, se estaría haciendo acerca de la hipotética amnistía de los cabecillas del referéndum ilegal del 1-O.

Se apartó de los recursos del 'procés'

Por si fuera poco, el magistrado Cándido Conde-Pumpido presentaba, en abril de 2021, a su predecesor no inmediato en el cargo, Juan José González Rivas, un escrito por el que se apartaba de todos los recursos derivados de la causa especial relativa al procés, una vez sentenciada por el Supremo, tras ser recusado por las defensas de los condenados, sin excepción.

No en vano, en una conferencia pronunciada en el Congreso por el magistrado y exfiscal general del Estado, en noviembre de 2017, afirmó estar preocupado por «la pretensión de subvertir el Estado social y democrático de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia».

La democracia parlamentaria no es ilimitada

Cabe recordar cómo de acuerdo con las sentencias del TC, en las que sí participó Conde-Pumpido para avalar el 155 se estableció que el Gobierno español puede adoptar «las medidas necesarias» para hacer frente a una situación de desafío por parte de una comunidad autónoma, si bien las mismas «debían de ser temporales y adecuadas para hacer frente a la situación». Lo que no impide que «puedan también referirse al Parlamento autonómico, siempre que no impliquen su supresión o la suspensión indefinida de la actividad parlamentaria».

O, lo que es lo mismo, el Constitucional reconoció que la democracia representada en la Cámara catalana no era ilimitada. Como, por extensión con el pronunciamiento, tampoco lo es en el caso del Congreso de los Diputados y complica al TC de Conde-Pumpido «salvar el argumento de que una mayoría simple de 176 diputados puedan aprobar una ley llamada a amnistiar, por añadidura, a miembros de varios de los partidos que la sacarán adelante», apuntan algunas fuentes consultadas por El Debate.

«Si un parlamento autonómico llevase a cabo actuaciones que incumpliesen obligaciones constitucionales o legales o atentasen gravemente al interés general de España, la concreción de lo necesario para retornar al cumplimiento constitucional o restablecer el interés general puede también referirse a la asamblea legislativa», afirmaban las sentencias que validó, entre otros, Conde-Pumpido.

¿Entenderán entonces los separatistas catalanes, llegado el caso, que el actual magistrado presidente del Constitucional y su compañera Balaguer, además del conservador Ricardo Enríquez, deberían ser recusados en caso de tener que pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de una futura y eventual de amnistía, al haberse pronunciado en estos términos contra los hechos ocurridos en la Cataluña del procés?

¿O quizás que el actual miembro de la Corte, Juan Carlos Campo, no está condicionado por las declaraciones sobre cómo una posible amnistía «no cabe en la Constitución» que hizo públicamente siendo ministro de Justicia?

¿Será la mayoría de izquierdas de la Corte, Conde-Pumpido al frente, capaz de avalar un texto normativo que, en sentido estricto, implicaría desautorizar las afirmaciones hechas por los cuatro magistrados citados que –en 2017 y posteriormente– condenaron la ilegalidad de la principal aspiración separatista, el referéndum de independencia?

Sea como sea, el pasado condiciona a Cándido Conde-Pumpido en relación con un pronunciamiento sobre la amnistía: el veterano jurista gallego fue parte del Tribunal llamado hoy a validarla y que, sin embargo, no sólo avaló la aplicación del artículo 155 sino que se encargó de desactivar, jurídicamente, las pretensiones por las que los líderes separatistas fueron condenados más tarde y que, ahora, el Gobierno, pretende borrar.