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Tribunales

Siete magistrados del TC allanan el camino a Sánchez para controlar el Poder Judicial

La mayoría del Pleno de la Corte de Garantías ha sentenciado que la reforma impulsada por el Gobierno para impedir al máximo órgano de los jueces hacer nombramientos es constitucional

Por siete votos a favor y cuatro en contra. El Pleno monográfico del Constitucional de este lunes, según adelantó El Debate, ha sentenciado que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) –aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, con sus socios de Podemos– que impide al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), prorrogado desde 2018, hacer nombramientos de jueces y magistrados, es constitucional.

El sector de la izquierda de la Corte, presidida por Cándido Conde-Pumpido ha avalado mayoritariamente la ponencia de la magistrada María Luisa Balaguer que da luz verde al Ejecutivo para hurtar competencias a un órgano constitucional y controlar, sin cortapisas, el Poder Judicial en España. Cuatro magistrados –César Tolosa, Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez y Concepción Espejel– se han posicionado en contra de la resolución y anuncian voto particular.

Tal y como avanzaba El Debate en primicia, el texto de Balaguer rechaza el recurso de Vox contra la polémica norma que bloqueó las funciones del Consejo, tras haber sido el elegido por el resto de sus compañeros del bloque zurdo del TC para desestimar la impugnación presentada por la formación de Santiago Abascal y, por extensión, la instada por el Partido Popular unas semanas después.

Aunque esta segunda contaba con una sentencia de César Tolosa, ex presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso del Supremo, favorable a la inconstitucionalidad de la modificación legal que maniata al CGPJ –mientras los más altos tribunales de nuestro país están al borde del colapso–, la misma ha quedado relegada por la tesis mayoritaria que considera que la única previsión constitucional indiscutible es que «el mandato del Consejo es de cinco años». Y, por lo tanto, superado ese plazo sin que sea renovado, desde ahora en adelante, permitirá al Gobierno de turno maniobrar sobre el órgano para alterar, discrecionalmente, su funcionamiento.

No en vano, para Balaguer, y el resto de miembros del Pleno que han prestado respaldo a su planteamiento, la independencia judicial depende de cada uno de los jueces de este país que, individualmente considerados, están llamados a cumplir con la misión de serlo en cada uno de los casos concretos que deben resolver.

Por lo tanto, el TC ha descartado que el actual CGPJ, de mayoría conservadora, pueda actualizar los numerosos nombramientos que se acumulan desde que, en 2021, PSOE y Unidas Podemos aupasen la maniobra que ha llevado tan sólo al Supremo, por ejemplo, a no contar con un tercio del total de su plantilla de 78 magistrados. Es decir, 23 vacantes en el Alto Tribunal que han de sumarse a las de la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) autonómicos y las Audiencias Provinciales, lo que eleva la cifra hasta casi un centenar de plazas sin cubrir en la cúpula de la Magistratura española.

Esta nueva decisión del bloque de la izquierda judicial certifica, en la práctica, «la toma del Poder Judicial» por parte del Ejecutivo y el Legislativo. «Un nuevo cable de Conde-Pumpido a Sánchez salvando una ley que acaba con la independencia judicial», lamentan algunas de las fuentes consultadas.

Resulta paradójico que la Corte que hoy ha validado la reforma del Gobierno, en funciones, a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que paralizó los nombramientos de jueces y magistrados en el CGPJ, sea la misma que fue renovada, precisamente, gracias al cambio de opinión de dicho Ejecutivo que, para ello, sí consideró adecuado levantar su propio veto al Consejo actual. Se da la circunstancia, además, de que la magistrada María Luisa Segoviano, ex presidenta de la Sala Cuarta de lo Social del Supremo, una de las más críticas con el daño sufrido por la falta de efectivos, y nombrada para el Constitucional por el CGPJ parcialmente habilitado, ha salvado la modificación legal.