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Cándido Conde-Pumpido Varela, a la derechaEfe

Auto judicial

La juez se basa en las cámaras de seguridad para dejar en libertad al hijo de Conde-Pumpido pero sigue investigando

Las imágenes del circuito cerrado de seguridad del chalet desmienten la versión de la denunciante

En la tarde de ayer El Debate adelantó en primicia la detención del hijo del Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Varela. La Policía le había esposado bajo la acusación de un delito de agresión sexual en manada a una mujer de 26 años: se trata de una joven de origen brasileño que ejerce la prostitución.

La detención se produjo el pasado viernes y Conde- Pumpido pasó a disposición judicial el domingo. Entró en los juzgados de Plaza de Castilla en el segundo turno de detenidos. Este hecho hizo que se retrasara su puesta a disposición judicial. Delante de Su Señoría, y asistido por el abogado Ricardo Álvarez Osorio, negó tajantemente los hechos. Aseguró que la joven se los había inventado de principio a fin.

La jueza le escuchó. También a la denunciante. Finalmente visualizó las imágenes del circuito de seguridad que Candido Conde-Pumpido tiene instaladas en su domicilio. Tras repasar las imágenes, según Su Señoría: «Se desvirtúa la versión mantenida por la denunciante. En dichas imágenes se ven distintas dependencias de la casa a lo largo de toda la madrugada y primeras horas de la mañana del viernes 3 de noviembre de 2023. En las mismas no se observa ninguna situación descrita por la denunciante ante la Policía».

La juez hace hincapié en lo contrario: «Se ve a la denunciante situada en distintas estancias de la casa, cocina, dormitorio, parte exterior de la vivienda, en compañía de Cándido Conde-Pumpido unas veces y sola en otras». Y Su Señoría describe lo que ve: «Específicamente puede observarse a la denunciante y al denunciado en uno de los dormitorios durante varias horas, entrando, saliendo, bebiendo, etc. Sin que pueda adivinarse ninguna situación coincidente con el relato de hechos por ella mantenido».

Aun así, la magistrada reconoce que se va a seguir investigando la denuncia, pero que «no se estima que concurran requisitos de necesidad idoneidad, proporcionalidad y ponderación para la adopción de una medida restrictiva de derechos fundamentales como la que se ha interesado».

Se refiere a la orden de alejamiento y comunicación con la denunciante que había solicitado el fiscal del caso contra los tres detenidos. Por esa razón, «no resulta procedente la adopción de las medidas cautelares interesadas», concluye Doña María Isabel Durántez Gil, magistrada del juzgado de instrucción número 44 de Madrid.