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El PP aprueba el trámite exprés de la reforma del Reglamento del Senado que dilatará la amnistía

La reforma será aprobada previsiblemente el próximo martes, antes de que la ley de amnistía salga del Congreso

El Partido Popular ha movido ficha para tratar de dilatar lo máximo posible la aprobación de una ley de amnistía que ya está pactada con ERC –a falta de lo que Pedro Sánchez acuerde con Junts esta semana–. En vistas de que el PSOE pretende registrar su proposición de ley en el Congreso de forma inminente, antes de la investidura de su secretario general, los populares han llevado al Senado, donde cuenta con mayoría absoluta, una reforma del Reglamento que retrasa la tramitación de la misma.

Este miércoles, el Partido Popular ha aprobado el trámite exprés de esta reforma, con la intención de que se apruebe de forma definitiva el próximo martes. La propuesta de la formación de Alberto Núñez Feijóo ha contado con 145 votos a favor y 113 en contra. La previsión es que la Comisión se reúna el lunes para evaluar las enmiendas y el resto de propuestas y se vote en el Pleno del martes.

Con esta reforma, el PP pretende dar potestad a la Mesa del Senado para decidir si aplicar o no el procedimiento de urgencia en los proyectos de ley que lleguen a la Cámara Alta desde el Congreso. En la exposición de motivos, los populares explican que el artículo 90 de la Constitución regula la tramitación por el Senado de los proyectos de ley ordinaria u orgánica para vetar o enmendar los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso.

Así, el partido subraya en su iniciativa que este artículo se refiere, por tanto, a los proyectos «pero no a las proposiciones de ley, mediante una literalidad que, tal como demuestran los trabajos parlamentarios, no es casual sino fruto de la voluntad de los constituyentes».

En cualquier caso, este mismo artículo de la Carta Magna también establece que la tramitación de los proyectos de ley que vienen del Congreso, como puede ser el de la ley de amnistía, no pueden exceder los dos meses en el Senado desde su entrada en esta Cámara, si se acaban haciendo por procedimiento ordinario. Además, el artículo 106 del Reglamento del Senado también recoge este plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, para aprobarlo expresamente o para oponer su veto introducir enmiendas al mismo y devolverlo al Congreso.