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Clara Ponsatí, Toní Comín, Carles Puigdemont, Marta Rovira y Lluis Puig

Ley de amnistía

La última humillación de la amnistía: que los prófugos del procés sean indemnizados por el Estado

El pacto PSOE-Junts prevé la creación de «comisiones de investigación parlamentarias» para extender el borrado penal de ciertos delitos, a juicio de los diputados

El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont salió de España el 30 de octubre de 2017, oculto en el maletero de un coche con destino a Bélgica, tres días después de la fallida declaración de independencia unilateral en Cataluña, tras ser destituido en aplicación del artículo 155 de la Constitución y de conocerse que la Fiscalía General del Estado ultimaba una querella contra él órgano varios delitos de rebelión, sedición y malversación.

Tras el reciente pacto alcanzado con el PSOE para que los siete diputados de Junts apoyen la investidura de Pedro Sánchez no solo podría volver a España sin pasar por el banquillo sino que, además, la amnistía acordada abre la puerta a que, como el resto de prófugos, pueda ser indemnizado por el Estado español.

No en vano, la creación de las «comisiones de investigación» parlamentarias que los socialistas, a instancias de los separatistas catalanes, han incluido en el acuerdo alcanzado para que sean los políticos, no se sabe si los diputados del Congreso o del Parlament, quienes revisen aquellas causas judiciales que consideren injustas.

Así las cosas, si las comisiones parlamentarias declaran que se ha producido una situación de lawfare (o guerra judicial), y por lo tanto un error judicial, contra los cabecillas del procés, podría derivarse una responsabilidad del Estado y, en consecuencia, la obligación de éste de compensarles económicamente por el perjuicio causado.

La clave habría que buscarla en el artículo 296 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en el que se prevén las indemnizaciones correspondientes para quienes se han visto afectados por un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. «Los daños y perjuicios causados por los Jueces y Magistrados en el ejercicio de sus funciones, darán lugar, en su caso, a responsabilidad del Estado por error judicial o por funcionamiento anormal de la Administración», reza la norma.

Es decir, si los miembros de Junts en el Congreso o en la Cámara autonómica catalana, consideran bajo un criterio político que Puigdemont fue injustamente perseguido por sus ideas -lo que está en la base del lawfare admitido-, éste podría reclamar una indemnización para compensar el tiempo que ha tenido que estar fuera de España y los gastos en los que hubiera incurrido.