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El comisario europeo de Justicia, junto a Pilar Llop en la reunión ministerial de LogroñoEFE

Investidura

Bruselas sigue sin recibir información sobre la ley de amnistía solicitada por el comisario de Justicia

La Comisión mantiene silencio respecto a lo que ocurre en España y todo apunta que el Gobierno se la remitirá cuando el proceso legislativo esté más avanzado

La Comisión Europea declinó hacer comentarios sobre las masivas concentraciones ocurridas el pasado domingo en protesta contra la futura ley de amnistía y acuerdo entre el PSOE y los separatistas catalanes y vascos.

Señaló que sigue esperando la información solicitada por el comisario de Justicia Didier Reynders el pasado miércoles por escrito dirigida al ministro de la Presidencia Félix Bolaños y la ministra de Justicia Pilar Llop.

El portavoz comunitario, Eric Mamer, afirmó en la rueda de prensa diaria de la Comisión que su labor no es «comentar sobre manifestaciones» ya que “son un derecho libre de los ciudadanos europeos."

Mamer señaló que Bruselas ya había comunicado la semana anterior que había escrito a las autoridades españolas «precisamente porque habíamos recibido comentarios del público y de las instituciones en España, de representantes de interés». Explicó que la Comisión Europea está ansiosa por obtener información de España sobre el eventual proyecto de ley, pero hasta el momento no se ha presentado ninguna propuesta formal.

Según la respuesta de Bolaños, no parece que la tengan hasta que la ley ya esté en trámites. La excusa que esgrimió el Gobierno español fue que ellos, como Ejecutivo en funciones, no tenían nada que ver y que era una cuestión de acuerdos entre partidos.

El borrador de la ley ya se ha publicado y puede verse a través de este enlace. Consta de 16 artículos distribuidos en tres títulos, dos disposiciones adicionales y una disposición final. Se aplica desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha actual, el 13 de noviembre de 2023, y otorga amnistía a «los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable». Este alcance abarca tanto la consulta del 9 de noviembre de 2014 como el referéndum del 1 de octubre de 2017, ambos declarados inconstitucionales.