Fundado en 1910

El taller de costura que la madre del menor, también detenida, ha sido registrado por la Policía NacionalRocío Ruz | Europa Press

El menor detenido por yihadismo en Sevilla había fabricado ya explosivos y ultimaba un gran atentado

Según el juez de menores, que ha ordenado su internamiento por 6 meses, «se encontraba altamente radicalizado» y «es tremendamente homófobo y antisemita»

Los investigadores de la Policía Nacional que el pasado domingo detuvieron a un menor sirio de 17 años en la localidad sevillana de Montellano por su relación con el yihadismo consideran que con la operación se ha evitado un gran atentado que se iba a cometer de forma inminente. Así se desprende también del auto del juez de menores de la Audiencia Nacional, José Luis de Castro, que ha ordenado el internamiento del detenido por un periodo inicial de 6 meses para evitar su fuga.

Así, en el auto judicial se explica que el menor se habría hecho con diversas sustancias para elaborar explosivos, así como manuales para su fabricación. Incluso apunta a que el joven ya habría fabricado esos explosivos.

En el texto se hace constar que el pasado 21 de enero, siendo ya vigilado por la Policía, se dirigió a una zona de campo donde se escucharon diferentes detonaciones que confirma, dice el juez, que el menor pudiera estar haciendo pruebas de los explosivos que pudiera tener en su poder, lo que desencadenó su arresto esa misma madrugada para evitar lo que parecía ya un atentado inminente.

Homófobo y antisemita

Y es que el joven había pronunciado ya su adhesión al Estado Islámico. El joven se encontraba ya «altamente radicalizado», estaba obsesionado con la temática militar, tenía ropa de camuflaje y «es tremendamente homófobo y antisemita», explica el juez.

El magistrado, que explica que existen datos suficientes para considerar al menor autor de los delitos, añade que teniendo en cuenta su situación socio familiar puede sustraerse a la acción de la justicia por la gravedad de los hechos y la responsabilidad penal en la que podría incurrir.

El auto destaca que la medida de internamiento en régimen cerrado, sin perjuicio de la revisión que se pueda hacer de la misma según la evolución del menor, permitirá además alejarle del proceso de radicalización en el que está inmerso, evitando así daños a terceros.

En este contexto, el juez hace constar que la medida se adopta en interés del menor puesto que el centro de reforma garantiza la adopción de todas las actividades necesarias para el desarrollo de la personalidad del joven así como la continuidad en su escolarización y formación iniciada.

Y sostiene que con la medida cautelar se evita la reiteración delictiva, que implica la posibilidad de que el menor continuara con su proceso de radicalización y para evitar los resultados violentos propios del radicalismo yihadista, lo que genera un peligro para el bien jurídico protegido y terceras personas.