Tribunales
La fiscal de Madrid dice al juez que la Fiscalía incumple una directiva europea de protección de datos, desde hace tres años
El Ministerio Público no habría atendido todavía la obligación de crear una autoridad de control, como exige la normativa comunitaria, para evitar casos como el de las filtraciones sobre el novio de Díaz Ayuso
La Directiva 2016/680, de 27 de abril de 2016, de la Unión Europea, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales «por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales», establece la necesidad de un doble rango de control de la información que no se está cumpliendo en la Fiscalía española, desde hace tres años.
Así lo habría puesto de manifiesto la Fiscalía Superior de Madrid, según ha podido saber El Debate, en un escrito remitido al juez que investiga el presunto delito de revelación de secretos del Ministerio Público, en la nota de prensa emitida sobre la causa penal tributaria que, a su vez, afecta al empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
Y es que, de acuerdo con el Derecho comunitario vigente, y para casos como el que podría afectar a González Amador, la Agencia Española de Protección de Datos no sería competente, sino que debería existir una Unidad de Supervisión y Control de Protección de Datos propia del Ministerio Público.
Sin embargo, pese a haberse cumplido el plazo máximo dado para su creación y puesta en funcionamiento por las autoridades europeas, el órgano todavía no existe en la institución que dirige Álvaro García Ortiz. No en vano, «de haber estado operativa habría podido prevenir» las polémicas filtraciones que se investigan en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), según apuntan algunos especialistas consultados por este diario.
Una falta de control interno en la Fiscalía que llama todavía más la atención a los expertos, al tratarse «de la institución encargada de la defensa de la legalidad» en nuestro país. Que, precisamente, la Fiscalía no haya sido capaz de garantizar la protección efectiva de los datos de carácter personal de un particular «declarados derecho fundamental en el artículo 8.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el articulo 16.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea» es, incluso, «más preocupante si cabe» que en cualquier otro escenario.
Tan sólo un delegado de Protección
Cabe recordar que, en 2020, la predecesora de García Ortiz en el cargo, Dolores Delgado, designó al fiscal Agustín Hidalgo de Morillo Jiménez, marido de la inspectora fiscal y experto en la materia, como delegado de Protección de Datos de la institución. Una decisión que Delgado justificó como «parte del proceso de moderenización» de la Fiscalía «ante el uso generalizado de las tecnologías de la información y comunicación (TICs)».
Desde entonces, y hasta la fecha, no se ha adoptado ninguna otra medida encaminada a la tutela y custodia de los datos personales en el ámbito de actuación del Ministerio Público, pese a las directrices europeas, como se ha informado desde la fiscalía autonómica de Madrid al juez Francisco José Goyena, instructor designado por el TSJM, por lo que pudiera ser útil en el esclarecimiento de los hechos y de las responsabilidades legales, en la querella presentada por la pareja de la presidenta madrileña.