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El expresidente catalán y prófugo, Carles PuigdemontEuropa Press

Tribunales

El Supremo admite a Puigdemont como personado en Tsunami y le da 10 días para pronunciarse sobre la amnistía

El prófugo pidió personarse en la causa después de que este lunes las autoridades francesas le notificaran oficialmente que está investigado en ese procedimiento

La instructora del caso Tsunami en el Tribunal Supremo, Susana Polo, ha dado un plazo de 10 días al expresidente catalán y prófugo, Carles Puigdemont, investigado en este procedimiento por un delito de terrorismo, para que informe sobre la «aplicabilidad o inaplicabilidad» de la Ley de Amnistía.

Polo ha dictado este miércoles una providencia en la que acepta la personación en las actuaciones de Puigdemont, y le da un plazo de 10 días –que arranca hoy– para que informe sobre la ley, tal y como le pidió la defensa del huido catalán. La jueza dio el mismo plazo el pasado 11 de junio a las partes que ya estaban personadas.

Puigdemont pidió personarse en la causa después de que este lunes las autoridades francesas le notificaran oficialmente que está investigado en ese procedimiento.

La magistrada requirió a la Interpol que localizara a Puigdemont con el fin de tomarle declaración como investigado en la causa, si fuera necesario por videoconferencia; una comparecencia que acordó suspender la semana pasada a la espera de tomar una decisión sobre si el caso es amnistiable.

Este miércoles, la Fiscalía del Supremo ha remitido un escrito a la sala segunda del alto tribunal en el que afirma que los delitos de terrorismo que se atribuyen a Puigdemont y a los otros imputados en la causa de Tsunami están cubiertos por la ley de amnistía.

El expresidente de la Generalitat de Cataluña y prófugos, Carles PuigdemontEuropa Press

El informe, firmado por la teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde, considera que los actos investigados no reúnen la gravedad suficiente como para quedar fuera de esa norma. Recuerda que la ley excluye de la amnistía los actos que puedan ser calificados como terrorismo según la legislación europea, y que hayan causado graves violaciones de derechos humanos de acuerdo con el derecho internacional humanitario, que recoge el derecho a la vida y la prohibición de la tortura.