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El exministro y presidente de la asociación cultural Neos, Jaime Mayor Oreja y la expresidenta del PP vasco, María San GilEFE

NEOS denuncia que el Gobierno suprime el delito de escarnio religioso mientras crea una comisión contra el 'discurso de odio'

Se deja libre el camino para la ofensa y el odio a los católicos

La Fundación NEOS lamenta el anuncio del Gobierno de suprimir el artículo 525 del Código Penal que castiga como delito las expresiones de «escarnio» de los dogmas, creencias o ritos de una confesión religiosa que se realizan para ofender los sentimientos de sus miembros.

Se incluyen, además del escarnio, la profanación y la interrupción de actos religiosos. No se penalizan las críticas por duras que sean, sino la ofensa y el escarnio, que, según el Diccionario de la Real Academia consiste en «una burla tenaz que se hace con el propósito de afrentar». Y afrentar es ofender, humillar y denostar.

La coexistencia entre credos y cosmovisiones (religiosas o no) en sociedades pluralistas se basa en el respeto recíproco. Este respeto es compatible con la crítica intelectual implacable de tales credos, pero no con su escarnecimiento gratuito, hecho con la intención de ofender a sus adeptos. Dado el alto grado de significado emocional y existencial que tienen para los creyentes religiosos los dogmas, ceremonias, símbolos y lugares sagrados, el ataque contra ellos pone en peligro las bases de la convivencia y es contrario a la libertad religiosa. Históricamente, la ridiculización y denigración salvaje de los fieles de ciertas religiones, por ejemplo, de los judíos en el periódico Der Stürmer de la Alemania pre-nazi, o de los católicos en publicaciones como La Traca, en la España de la Segunda República, preparó el camino al posterior ataque físico contra ellos.

El Gobierno y sus portavoces invocan la necesidad de homologar nuestra legislación con los países de nuestro entorno, básicamente de la Unión Europea, y de proteger la libertad de expresión. Ambas cosas en vano. Lo primero, porque de los 27 Países de la Unión Europea solo 6 (Croacia, Estonia, Francia, Irlanda, Suecia y República Checa) no sancionan como delito las conductas ofensivas de los sentimientos religiosos. Lo segundo, porque la libertad de expresión ampara la emisión libre de opiniones, valoraciones y críticas, pero no el insulto, la calumnia, la injuria, la incitación a cometer un delito, la vulneración del derecho al honor o la blasfemia. En los países que no castigan estas conductas se aprecia una incidencia mayor de «delitos de odio» contra los cristianos.

Se trata más bien de plegarse a una exigencia de Unidas Podemos y de hostigar a los católicos. A la vez que deja libre el camino para la ofensa y el odio a los católicos, el Gobierno anuncia la creación de una comisión para la vigilancia del «discurso de odio», definido en términos muy vagos, y que será previsiblemente usada para criminalizar cualquier crítica razonada de los dogmas centrales de la ideología de la izquierda.

En este sentido, NEOS alerta de que habrá libertad para denigrar a los católicos y blasfemar o interrumpir actos religiosos, pero no, por ejemplo, para defender el matrimonio como unión de un varón y una mujer con la finalidad de tener hijos, o considerar que la práctica homosexual es una conducta inadecuada o criticar la ideología de género. Libertad para unos y mordaza para otros.

Desde la Fundación NEOS afirmamos que una sociedad abierta requiere la máxima libertad de expresión para formular opiniones, argumentos, valoraciones y críticas, pero, en ningún caso, para insultar ni escarnecer.

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