Tribunales
La Abogacía del Estado rechaza destruir pruebas de los atentados de Cataluña, en contra de la Fiscalía
La causa aun podría ser examinada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
La Abogacía del Estado se ha opuesto a la destrucción de determinadas pruebas que aun se guardan relativas al atentado del 17 de agosto de 2017 en Las Ramblas de Barcelona y Cambrils, en contra de la posición de la Fiscalía, porque la causa aun podría ser examinada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y la «prudencia» obliga a preservar las evidencias del sumario.
Así consta en un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la abogada del Estado Zaida Isabel Fernández Toro se dirige al Servicio Común de Ejecutorias de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para recurrir la decisión de destruir y achatarrar un vehículo Seat Ibiza que consta como prueba.
«Si bien esta parte es conocedora, tal y como informa el Ministerio Fiscal en su escrito de 16 de septiembre de 2024, que los indicios físicos del vehículo cuya destrucción se interesa están debidamente constatados en el correspondiente informe realizado por los Mossos de Escuadra que obra en la presente causa, se manifiesta respetuosa discrepancia respecto a la decisión de destrucción», indica.
Demanda ante el TEDH
Y esto porque, a pesar de que se ha agotada la vía impugnatoria de la sentencia en el marco del derecho interno, se ha anunciado una demanda ante el TEDH «que interesará un nuevo examen» del procedimiento de admitirse a trámite.
La abogada del Estado explica que esta posibilidad «podría implicar el análisis de pruebas y evidencias del sumario», por lo que, «en virtud de una posición de cautela y prudencia» debe oponerse al achatarramiento del Ibiza al menos «hasta que quede culminada toda vía posible de revisión de las actuaciones».
No obstante, recuerda que el plazo para presentar la demanda ante el TEDH vencía el 9 de septiembre, por lo solicita que se requiera «la acreditación de la interposición» de la misma y que se haga un seguimiento periódico de la evolución del procedimiento.
La familia de Xavi
Se da la circunstancia de que la familia de Xavi, el niño de 3 años asesinado en el atentado en Las Ramblas de Barcelona, se opone también a la destrucción de las muestras del sumario que ha solicitado la Guardia Civil, según un escrito presentado el 2 de septiembre al que tuvo acceso esta agencia de noticias.
El 9 de julio el coronel jefe del servicio de Desactivación de Explosivos de la Guardia Civil se dirigió a la Sección 3 de la Sala de lo Penal para recordar que la Dirección General de la Guardia Civil había hecho dos solicitudes los días 20 y 26 de junio solicitando la destrucción de determinadas muestras de este sumario y pedía conocer el estado de la causa y, «en caso de que la misma se encuentre cerrada, autorización para la destrucción de las evidencias que se encuentran almacenadas en el Depósito Judicial de esta Unidad».
El 29 de julio, la Audiencia Nacional respondió que la causa «aún se encontraba abierta, pendiente de la ejecución total de las penas de prisión impuestas», y se especificaba que, si bien se dictó sentencia en mayo de 2021, fue recurrida en apelación y casación y que los condenados aún no habían cumplido la condena íntegra.
Sin embargo, en una diligencia de ordenación del 29 de julio, el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) ordenó que, presentado el oficio de la Guardia Civil solicitando información sobre el estado de la causa y autorización de la destrucción de las sustancias, «únase a los autos y cumpliméntese».
Una respuesta que según el abogado de la familia, Agustí Carles, podría ser interpretada como una autorización a la destrucción, pues algunas de las muestras son explosivos y sostiene que no esperarán para su eliminación a que las penas, algunas muy elevadas, se cumplan íntegramente.
Cabe recordar que Mohamed Houli Chemlal, ingresado en el centro penitenciario de Córdoba, no saldrá de prisión hasta agosto de 2037, Driss Okuabir no lo hará hasta febrero de 2039, si bien el Ministerio del Interior pidió que cumpliera la condena en Marruecos, mientras que Said Ben Iazza fue expulsado a Casablanca (Marruecos) en abril del presente año.
Otra demanda
Cabe recordar que en enero de 2024 se interpuso un recurso de amparo contra la sentencia de 2023 del Tribunal Supremo, alegando que se había producido «la vulneración del derecho a saber la verdad tanto de las víctimas como de la sociedad en general».
Ese recurso fue inadmitido a trámite por el Tribunal Constitucional, pero se inició el plazo de cuatro meses para presentar la correspondiente demanda ante el TEDH contra dicha desestimación.
La familia del menor, antes del 9 de septiembre anunció que presentarían la demanda alegando, entre otros, «la vulneración del derecho a saber la verdad, con el fin que se condene al Reino de España a que lleve a cabo las investigaciones judiciales necesarias para esclarecer todos los hechos relacionados con los atentados de Barcelona y Cambrils del 2017» y reparar el daño producido por la que consideran que fue una investigación insuficiente.
Por eso, y dado que era posible que fuera necesario practicar prueba sobre los efectos y evidencias que podrían ser destruidos, o entregados, tal y como solicitaba la Dirección General de la Guardia Civil, entendían que no era procedente.