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Un momento del juicio al hombre que mató al ladrón que había entrado en su casa de Ciudad RealAUDIENCIA PROVINCIAL DE CIUDAD REAL

Cambio de tendencia en la Justicia

Un tribunal evita encarcelar al hombre que mató al ladrón que entró en su casa

El Tribunal Superior entiende que el hombre disparara a matar, aunque le reprocha que no disparara al cielo y diese unas voces de aviso

Era un clamor social: no se puede meter en prisión a la persona que se defienda de un ladrón que ha irrumpido de forma ilegítima en una casa. Aún así el criterio del los juzgados y del Supremo era que la legítima defensa, entre otras cosas, exigía racionalidad del medio empleado. Lo que traduce el común de los mortales: si te atacan con un cuchillo solo puedes defenderte con un arma blanca. No puedes, por ejemplo, usar una escopeta.

José Manuel Lomas se despertó de madrugada en su finca de Ciudad Real y se dio cuenta de que alguien había entrado en su domicilio. Fue a por su escopeta y la cargó. Buscó al ladrón y lo encontró dentro de su finca pero fuera de su casa. Le vio con una sierra mecánica en las manos. Su decisión fue dispararle. Le mató.

La Audiencia Provincial de Ciudad Real condenó a Lomas a seis años de prisión. De haberse confirmado la pena, este hombre de avanzada edad, debería haber entrado en la cárcel. Sin embargo, tras el recurso, el Tribunal Superior de Justicia de Albacete, ha corregido a sus compañeros jueces. Básicamente les dice, que si alguien entra en tu casa y tiene un arma en las manos, aunque no acometa contra ti, se entiende que tengas miedo y que puedas acabar con su vida: «No cabe desdeñar que la mera presencia de una persona con un objeto de la peligrosidad de una motosierra aunque estuviera apagada y no la esgrimiera haciendo ademán de agacharse, constituya una situación que verosímilmente por una persona normal se identifique con un riesgo personal potencial».

Por eso, el Tribunal Superior entiende que Lomas disparara a matar, aunque le reprocha que no disparara al cielo y diese unas voces de aviso. Sin embargo, atendiendo a las circunstancias del hecho, le baja la pena en dos grados y la reduce de seis años a 9 meses de prisión, con lo que no deberá entrar en la cárcel.

Por otro lado, la Justicia ha puesto coto a la codicia. Ha rebajado la indemnización que Lomas debe pagar al hermano y a la madre del ladrón. No tenían ninguna relación con él, pero se personaron como acusación particular exigiendo una elevada cantidad como responsabilidad civil. Los padres y familiares no tienen vinculación alguna con la persona fallecida, lo que ha de tomarse en consideración a la hora de calcular la indemnización por daño estrictamente moral que es la única que puede ser asumida por la Sala. La indemnización a los familiares ha pasado de los 153.000 euros a los 52.000. Todo en atención a que la madre, el padre y los tres hermanos tenía cero contacto con el fallecido.