Sánchez pudo declarar el estado de alarma sin quitarle las competencias a Mazón
Un punto de la ley que rige la declaración de estado de alarma indica que el Gobierno podría delegar la competencia al presidente autonómico
Faltan brazos. Muchos. La queja de los damnificados por la terrible DANA que ha azotado Valencia es unánime desde el primer día: «¿Por qué no vienen a ayudarnos?» La ausencia total o mínima intervención –en los mejores casos– de militares, con su maquinaria pesada, helicópteros y drones, de policías nacionales y Guardia Civil ha sido y sigue siendo pavorosa. A cuatro días de la tragedia hay zonas por las que solo han llegado a ayudar voluntarios.
¿Por qué?
Pese a la catástrofe ocurrida el martes, declarada como la peor DANA de la historia de España hasta la fecha, la Comunidad Valenciana sigue con un nivel de alerta 2. Esto significa que el mando ante cualquier emergencia lo tiene el gobierno autonómico y, el central, no debe intervenir si no le es solicitado. De ahí, el retraso en el envío de tropas militares. Hasta el jueves por la tarde, el presidente del Ejecutivo valenciano, Carlos Mazón, no pidió efectivos al ministerio de Defensa. Además, desde entonces hasta hoy los ha ido pidiendo con cuentagotas, de 500 en 500 y ya hoy directamente 5.000.
Sin embargo, el Gobierno central podría intervenir directamente con el envío de unidades militares si el nivel de alerta fuese el 3. ¿Podría Sánchez haber elevado el nivel de alerta al 3? Sí. Tras una catástrofe como la actual, el Ejecutivo central tiene la potestad de declarar por emergencia de interés nacional el nivel de alerta 3 o declarar el estado de alarma.
La ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio es clara. En su capítulo cuarto señala que «el Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo ciento dieciséis, dos, de la Constitución podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad. a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud. b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves. c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos veintiocho, dos, y treinta y siete, dos, de la Constitución, concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo. d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad».
Toda una serie de requisitos que la situación en Valencia cumple –inundaciones, accidentes de gran magnitud, desabastecimiento de productos de primera necesidad, paralización de los servicios públicos– o está en vías de cumplir –crisis sanitarias–.
Sin embargo, Sánchez se ha echado a un lado y según ha dejado entrever, no ha querido quitarle el mando a Carlos Mazón. Es más, este mismo sábado ha hecho hincapié en que el Gobierno central no tiene «que reemplazar a la administración autonómica», y que solo tiene que apoyarla.
Sin embargo, el artículo séptimo de la misma ley arriba citada especifica: «A los efectos del estado de alarma la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una Comunidad». Con lo que Sánchez podría declarar el estado de alarma igualmente sin quitarle la vara de mando a Mazón.
Pero actualmente los valencianos solo cuentan con esta ayuda por parte del Gobierno central: «Si la Comunidad Valenciana requiere más efectivos, solo tiene que pedirlo y se lo suministraremos», ha expresado Sánchez.