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El comisario jubilado José Manuel VillarejoEuropa Press

Tribunales

La Audiencia Nacional confirma la condena de tres años de cárcel a Villarejo por cohecho

La Sala ha considerado probado que el excomisario investigó de forma ilícita, entre enero y junio 2014 y por encargo de Planeta, a uno de los árbitros del laudo entre este grupo de comunicación y Kiss FM

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la condena de tres años de cárcel al excomisario José Manuel Villarejo como autor de un delito de cohecho por haber investigado de forma ilícita –entre enero y junio 2014 y por encargo del Grupo Planeta– a uno de los árbitros del laudo entre este grupo de comunicación y Kiss FM.

En una sentencia de 73 páginas a la que ha tenido acceso El Debate, la Sala de Apelación ha desestimado el recurso presentado por Villarejo contra la sentencia dictada el pasado mes de mayo por la Sección Cuarta de lo Penal en esta pieza 12 del caso Tándem, el denominado proyecto July.

Según ha relatado la AN en un comunicado, el fallo de la Sala de Apelación confirma los hechos probados de la sentencia de instancia según los cuales Villarejo (comisario en activo del Cuerpo Nacional de Policía, destinado en la Dirección Adjunta Operativa (DAO) desde el 13 de enero de 2011 hasta su jubilación el 22 de junio de 2016) y el policía Antonio Giménez Raso, a través de su empresa Cenyt, se reunieron con otros dos acusados –ya absueltos– del Grupo Planeta con el fin de llevar cabo un encargo.

Así las cosas, el objeto del trabajo «se trataba de investigar si, quien había sido uno de los árbitros designados por la Cámara de Comercio de Madrid, Julio González Soria, en el procedimiento arbitral que enfrentó en los años 2003 y 2004 a las sociedades Uniprex SA, participada por Planeta y por el grupo Radio Blanca, habría podido recibir sobornos a cuenta de tal intervención». El mencionado procedimiento arbitral tenía su origen en los conflictos surgidos entre las partes a cuenta de la adquisición de la gestión de la publicidad de las emisoras de Kiss FM y concluyó con un laudo arbitral contrario a los intereses de grupo Paneta.

La resolución también rebate el argumento de Villarejo de que se le ha condenado por cohecho sin que se haya probado que se sirviera de su condición de policía en activo para ejecutar los hechos que han sido juzgados.

El Tribunal analiza la doctrina del Supremo sobre el cohecho pasivo y explica que Villarejo consumó el delito cuando ofreció sus labores netamente policiales (investigación de un presunto soborno arbitral) de forma extraoficial (para una entidad privada), «prometiendo incluso métodos ilícitos», que considera «tan graves que supera muy cualitativamente, el ámbito de la falta de respeto de las obligaciones administrativas establecidas en las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas».

José Manuel Villarejo, excomisario del Cuerpo Nacional de Policía

Los magistrados añaden que el comisario decidió llevar a cabo actuaciones propias de su cargo al margen de éste. Todo ello, dicen, «movido por su afán económico, corrompiendo así la función pública que encarna, poniendo antes y por dinero a disposición de una entidad privada su actividad profesional de servicio público propia, rindiéndola así a fines meramente particulares, degenerándola a través de un delito contra precisamente esa propia Administración Pública».