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Pedro Sánchez presidiendo el comité de crisis desde AzerbaiyánMoncloa/ EFE

Las contradicciones

El PSOE fue el autor del artículo sobre la declaración de emergencia nacional del que Sánchez reniega

Durante la tramitación parlamentaria de la Ley de Protección Civil, a iniciativa del Gobierno de Rajoy, los populares accedieron a que el artículo 29 quedara como querían los socialistas

Por primera vez en un documento oficial, el segundo real decreto ley con ayudas para Valencia, el Gobierno reconoció este martes que la crisis de la DANA es una «emergencia nacional». Aunque lo hizo para justificar el retraso de la jubilación del director adjunto operativo de la Policía Nacional, «quien se encuentra dirigiendo y coordinando sobre el terreno las funciones operativas de los efectivos», según el Ejecutivo.

Durante dos semanas, y hasta ayer, los socialistas se habían negado a poner a la catástrofe el apelativo de «emergencia nacional», porque hacerlo era tanto como reconocer que Pedro Sánchez debió haber asumido el mando y no lo hizo. Según él, por razones de «unidad, eficacia, respeto institucional y responsabilidad». Según la oposición, para no desgastarse y dejar que el presidente valenciano, Carlos Mazón, se queme en la pira.

Esa declaración está regulada en el artículo 29 de la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, promovida por el Gobierno de Mariano Rajoy y en vigor desde julio de 2015. La ironía es que el artículo 29 fue redactado, exactamente, al dictado del PSOE: en los términos que pidieron los socialistas durante su tramitación parlamentaria. Los populares accedieron para garantizarse el voto de estos, que finalmente tuvieron.

En el proyecto de ley que aprobó el Consejo de Ministros bajo la presidencia de Rajoy, y que envió al Congreso en diciembre de 2014, el artículo 29 estaba escrito así: «En los supuestos previstos en el artículo anterior, corresponderá la declaración de interés nacional al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas».

Durante la negociación con los grupos en la Comisión de Interior, los socialistas propusieron hacer este añadido: «Cuando la declaración de emergencia de interés nacional se realice a iniciativa del Ministerio del Interior se precisará, en todo caso, previa comunicación con la Comunidad Autónoma o Comunidades Autónomas afectadas, por medios que no perjudiquen la rapidez de la declaración y la eficacia de la respuesta pública».

El artículo 29 según la enmienda que presentó el PSOE y que después fue aceptadaEl Debate

La justificación que dieron por escrito fue: «La declaración de emergencia de interés nacional corresponde, obviamente, al Ministerio del Interior pero, cuando éste actúe a iniciativa propia habrá de comunicarse con la Comunidad Autónoma o las Comunidades Autónomas afectadas sin que ello pueda perjudicar la eficacia de la respuesta».

El PP aceptó la enmienda y el artículo 29 quedó aprobado y publicado en el BOE tal y como quiso el PSOE, ya entonces dirigido por Sánchez. Durante su debate en la Comisión de Interior, el entonces diputado socialista Ignacio Sánchez Amor sostuvo: «Nosotros partimos de una consideración, que entiendo que no es compartida por los compañeros nacionalistas, que es que el Gobierno de España ejerce su poder sobre un territorio, porque a veces parece que en España los únicos Gobiernos que tienen un territorio sobre el que ejercer sus competencias son los de las comunidades autónomas. Creo que ese concepto dificulta que este país se gobierne mejor».

Y recordó que, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en el caso de que haya una emergencia de interés nacional o una emergencia que afecte al territorio de más comunidades autónomas, «el Estado tiene una habilitación plena para ejercer sus poderes en materia de protección civil».