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El fiscal general del Estado, Álvaro García OrtizEuropa Press

Un abogado penalista, sobre el vacío del móvil de García Ortiz: «Si borras todos, canta mucho»

José María de Pablo también aludía a que los mensajes sí aparecieron en el móvil de la Fiscal Jefe

El informe de la UCO ha revelado que no había mensajes en el móvil incautado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. «Cero mensajes», apuntaba. Ante este hecho, el abogado penalista José María de Pablo daba algunas pinceladas sobre la situación.

«Borrar pruebas está feo, sobre todo desde determinados cargos», señalaba. Más si cabe cuando la Guardia Civil sí ha encontrado los WhatsApp en el teléfono de la otra imputada. «Si nadie borró nada, ¿dónde están los mensajes que se cruzó esos días con la Fiscal Jefe, y que en el móvil de la Fiscal Jefe sí están?», decía en otra publicación el abogado.

«Si vas a borrar un mensaje de WhatsApp que te incrimina, borra solo ese. Si borras todos, canta mucho», proseguía José María de Pablo.

«Limitación del plazo de conservación»

Por su parte, desde la Fiscalía General del Estado, defienden a García Ortiz, señalando que se procede a un borrado cíclico de los contenidos almacenados en todos los dispositivos –incluidos teléfonos y ordenadores– por razones de seguridad, tanto del fiscal General como del resto de miembros.

Igualmente, señalaban a Europa Press, existen normas internas sobre protección de datos que sugieren no guardar datos «indefinidamente». Así, se refieren a la instrucción 2/2019, en la que «el Ministerio Fiscal (MF), en el estricto ámbito de sus competencias y actuación, estará obligado a tratar los datos personales de las personas físicas», según algunos principios.

Entre ellos aluden a la «limitación del plazo de conservación, lo que supone que, exclusivamente en el marco de las competencias propias del MF y en la medida de lo posible, se adopten medidas razonables para que los datos personales sean mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante el tiempo estrictamente necesario para los fines del tratamiento».

En ese documento se refiere como una obligación del MF la «destrucción de forma segura de documentos y dispositivos en desuso». Recordaban que en la «guía básica de actuaciones a desarrollar» se incluye la observación de «no almacenar indefinidamente documentos en los soportes digitales ni en las cuentas de correo electrónico» y «eliminar los mismos una vez dejen de ser necesarios, asegurándose de que no queden residentes en la papelera».