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Don Felipe ha transmitido su Mensaje de Navidad desde el Salón de Columnas del Palacio Real

Don Felipe ha transmitido su Mensaje de Navidad desde el Salón de Columnas del Palacio RealCasa del Rey

La pluralidad «compartida», parte esencial del bien común

«¿Puede alguien que contradice la Constitución formar parte de lo que es el bien común?»

En su meditado discurso de Nochebuena, Felipe VI dijo, entre otras cosas, que “es responsabilidad de todas las instituciones, de todas las Administraciones Públicas, que esa noción del bien común se siga reflejando con claridad en cualquier discurso o cualquier decisión política. El consenso en torno a lo esencial, no sólo como resultado, sino también como práctica constante, debe orientar siempre la esfera de lo público». Y añadió que «no para evitar la diversidad de opiniones, legítima y necesaria en democracia, sino para impedir que esa diversidad derive en la negación de la existencia de un espacio compartido».

Se podrá decir de otras maneras diferentes, pero las ideas de nuestro Rey sobre este punto son de una claridad meridiana. El pluralismo político que figura en el apartado 1 de nuestra Constitución presupone la existencia de varios partidos políticos que lo recogen en sus Estatutos, dando como resultado que el espacio compartido para todos ellos les permite expresar su manera de conseguir el bien común de la ciudadanía. Entre éstas diferente manera de conseguir el bien común son parte la legítima y necesaria de la democracia.

Y es que nuestra Constitución ha desechado por antidemocrático la idea de un espacio «incompartible» para uno solo partido que se convertiría en partido único en el poder. Nuestra Ley de Leyes se pronuncia abiertamente sobre un espacio político común en el que pueden participar todos los partidos políticos. Asentar el pluralismo como valor esencial de nuestro ordenamiento jurídico imprime carácter constitucional al espacio compartido.

En efecto, la consecuencia de incluir el pluralismo político significa que no puede haber un espacio político único para un partido con exclusión de todos los demás. Hay una relación necesaria entre el pluralismo político y su inevitable consecuencia, que es prever una manera «diferente» de alcanzar el interés general. Lo plural equivale a lo desigual, dándole por ello a los ciudadanos la oportunidad de elegir entre esas distintas maneras de obtener el bien común.

Ahora bien, si la consecuencia del pluralismo político es disponer que los partidos políticos pueden compartir ese espacio común diverso dentro de la Constitución, ¿no debería saberse con la mayor certeza posible si todos los partidos pueden llegar a alcanzar el interés general? Adviértase, por ejemplo, que nuestra Constitución señala como principio inspirador «la indisoluble unidad de la Nación española por ser patria común e indivisible de todos los españoles»; ¿pueden los partidos que no llevan este principio en sus Estatutos contribuir a un interés general? ¿Son asimilables a nivel de fijar lo que es el interés común general configurarse como un partido que busca la separación de España con el principio que tiene como base común la unidad nacional? ¿Puede un partido que se ha configurado en un determinado momento como república independiente tener la misma visión de lo que es el bien común constitucional de España?

Siendo al menos tan claramente discutibles las dos opciones políticas tan separadas como son la de los partidos constitucionales y los independentistas, no convendría que mientras no haya una reforma constitucional realizada al amparo de los artículos 166 y siguientes de nuestra Constitución, se nos diga dónde está nuestro bien común. No tengo ninguna duda de que el pluralismo político desemboca en un lugar compartido para que cada uno exponga lo que considera el interés general. Y sostengo que para mí el bien común es el que se desprende de la Constitución. Pero siendo lo dispuesto por los Estatutos lo que hizo que el partido se considerara conforme con la Constitución (artículo 9 de nuestra Norma Fundamental) ¿puede alguien que contradice la Constitución formar parte de lo que es el bien común?

José Manuel Otero Lastres

Académico numerario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España

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