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Imagen de recurso de unas togasEFE

Los jueces contra la ley del PSOE: «Busca la impunidad de causas ya abiertas con nombres y apellidos»

La mayor parte de los magistrados y fiscales españoles consideran que el texto de la norma podría ser «inconstitucional»

En unidad de acción. Las cuatro asociaciones de jueces y dos de las de fiscales han criticado muy duramente la proposición de ley registrada en el Congreso de los Diputados por el PSOE, este viernes, con la que el partido en el Gobierno busca una solución a medida para determinadas causas judiciales ya abiertas, «con nombres y apellidos» muy concretos, por la corrupción que salpica al Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Para la mayoría de los jueces y magistrados españoles, el texto que «inutiliza retroactivamente» la figura de la acción popular en los procesos judiciales, es «inconstitucional» y parece creada para su «específica aplicación a casos» determinados. Un traje a medida que

En concreto, María Jesús del Barco, decana de los jueces de Madrid y presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), ha señalado que dicha modificación parece buscar «la impunidad» si se atiende a «las causas abiertas» actualmente. «Y la impunidad de los hechos delictivos de unos ciudadanos concretos casa muy mal con la igualdad de estos ante la ley», ha lamentado.

En este sentido, ha recordado que ya se está trabajando en una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para traspasar a los fiscales la instrucción de las causas penales, y por tanto en esa reforma es donde el análisis o la revisión del «papel de la acusación popular» podría tener encaje. Además, ha explicado que hay «serias dudas de que sea constitucional». «Más bien entendemos que se produce una clara vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que consagra el artículo 24», ha añadido.

Esto es así, ha matizado del Barco, por «los propios requisitos que establece sobre el ejercicio de esa acción, porque habla de que el ejercicio de la acción supone actuar en virtud de un vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal correspondiente». A su juicio, eso supone ya «una limitación tan estrecha y tan restrictiva del ejercicio de la acción que viene a inutilizarlo».

Y, para ello, no hay más que ver cómo, precisamente, hasta la llegada de la causa del fiscal general del Estado al Supremo, por revelación de secretos, no hay antecedentes de la personación de una entidad asociativa, como ahora la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) en dicha condición. De hecho, su presidente, Miguel Pallarés, ha confirmado a El Debate su preocupación ante la posibilidad de que se les «expulse» del procedimiento cuando, en una de las últimas resoluciones dictadas por el instructor del mismo, el magistrado Ángel Hurtado, se puso «en valor» su presencia para «la defensa de los intereses de la Fiscalía» que ha quedado comprometida, como tal, al no dimitir su número uno tras su imputación.

Pero las críticas también se han extendido a la previsión de modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en lo relativo a incluir una nueva causa de abstención y de recusación de los magistrados para aquellos casos en los hagan manifestaciones públicas censurando, mostrando el acuerdo o desacuerdo con lo que hace un partido político, un sindicato, una autoridad o un funcionario público determinados.

Así las cosas, desde la APM han recordado que los jueces son independientes y están «obligados a serlo», pero ha añadido que la norma «a lo mejor no pretende preservar esa independencia del juez y su imagen de independencia, sino otra cosa muy diferente», tras aludir a las posibles manifestaciones que se hayan realizado en asuntos como la ley de amnistía o en la condición de portavoces de asociaciones judiciales, como es su caso.

«Legislar» sobre casos ya en curso

Por su parte, el portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), Sergio Oliva, ha lamentado que, si bien se está en «una fase muy incipiente de la tramitación parlamentaria», se acude conscientemente, por parte del PSOE, «a la peor de las técnicas legislativas imaginables, puesto que la ley por definición ha de tener vocación de generalidad y de aplicación en el futuro».

«Esta reforma no tiene vocación de generalidad sino que presenta la apariencia de haber sido concebida para su específica aplicación a casos concretos», ha explicado, para luego reseñar que la disposición transitoria única que incluye la norma «puede afectar a las personas que están en procesos ya en curso, incluyendo las posibles víctimas, lo que afecta gravemente a la exigencia de que no se puede legislar sobre casos ya en curso».

Además, considera que es «un profundo error» excluir de la acción popular a las asociaciones judiciales, «porque ello impediría actuar en defensa de intereses legítimos de jueces y magistrados, limitación que podría conculcar la garantía constitucional del artículo 127 de la Constitución Española».

También Oliva ha sido muy duro con la modificación de la norma actual para recusar a jueces que hayan realizado manifestaciones políticas. Ha señalado que resulta «preocupante» que siempre se dude de los jueces como colectivo, «tendencia en la que incurren algunas fuerzas políticas en los últimos tiempos, lo que socava la confianza de la sociedad en el Estado de Derecho».

«Hay que confiar en la imparcialidad judicial, toda vez que el sistema actual ya contiene las garantías necesarias para proteger esta imparcialidad judicial a través de mecanismos como son la abstención y la recusación de los jueces, figuras a los que se recurre cuando es necesario en los juzgados sin problemas», concluye.

Un «error» y un «desacierto»

Para el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), Edmundo Rodríguez, es un «error» incluir en esta proposición de ley la regulación de la figura de la acusación popular porque ésta debería abordarse en el anunciado proyecto de reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal, «dando un tratamiento coherente y ponderado al cambio de la responsabilidad de instruir».

Rodríguez también considera «desacertado» excluir a los partidos políticos de la acusación popular o impedir que esta clase de acusación participe en la fase de instrucción, limitándose al juicio oral. Entiende que «debe garantizarse que la acusación popular tenga plenos derechos procesales».

Además, desde JJpD están disconformes con la inclusión de la nueva causa de abstención y recusación de magistrados y jueces porque «la judicatura también es ciudadanía y es libre de opinar, aunque debe hacerlo con prudencia, para evitar comprometer la imagen de imparcialidad judicial».

Una «declaración de intenciones»

Por su parte, el presidente del Foro Judicial Independiente (FJI), Fernando Portillo, ha señalado a El Debate que incluir el cambio de la acusación popular, sobre la marcha de procesos ya en curso, es una «mala decisión», además, «contraria al espíritu de la Constitución». Si bien a su juicio sería necesario darle una vuelta al uso partidista e interesado de dicha figura, no desde luego «del modo y enn los términos» en los que se ha planteado hoy.

«No debemos olvidar», ha incidido Portillo, «que hay casos importantes de corrupción que se han abierto y han finalizado con condenas» gracias a la acción popular. Si bien el magistrado tiene claro que la norma contiene una auténtica «declaración de intenciones»: «Si los jueces no están llevando las causas como yo quiero porque están sometidos al imperio de la ley, vamos a modificar la ley para que esos jueces tengan que ceñirse a lo que yo quiero». «Es hundirnos todavía más en la falta de calidad del Estado de Derecho», lamenta el jurista.

Sobre regular que se rechacen querellas basadas solo en recortes de prensa, considera que es una «redundancia» porque «ese examen se hace siempre», y ha explicado que si la noticia reproduce «una fotografía, una declaración o un documento, como el caso de la planteada contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, pues, efectivamente, debe ir para adelante».

En cuanto a la modificación de la LOPJ para recusar a magistrados por declaraciones políticas, ha reseñado que tienen reservas dado que se habrá de entrar en el terreno subjetivo. «Ya no estamos hablando de relaciones del juez con el objeto o con las partes, sino de algo más bien derivado del ejercicio de su libertad de expresión», ha añadido.