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Montaje del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con los documentos de Transparencia

Montaje del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con los documentos de TransparenciaEl Debate

Investigación

Sánchez, obligado legalmente a explicar por qué eludió la Ley de Seguridad y no actuó ante la dana

El Debate logra el primer precedente jurídico que cambia el relato de la Dana y sitúa al presidente del Gobierno en el centro de la cadena de despropósitos que amplió la tragedia por su dejación de funciones, que ahora deberá explicar

Pedro Sánchez deberá explicar por qué no activó la Ley de Seguridad nacional antes, durante y después de la catástrofe de la dana, tal y como le obliga la legislación vigente y él mismo asumió en un decreto impulsado con su propia firma en el que definió las situaciones de emergencia en las que era imprescindible actuar desde el Gobierno.

Así aparece en una resolución legal histórica que cambia el relato sobre las responsabilidades en la tragedia y coloca su propia responsabilidad en el centro, firmada por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno a instancias de este periódico, en la que se le obliga a dar precisas explicaciones de su actuación personal y de sus insólitas omisiones en las horas más dramáticas.

«La catástrofe hidrológica más trágica de la historia reciente en España, con más de 200 fallecidos y pérdidas materiales millonarias». Así definió la AEMET, en un informe del 23 de diciembre de 2024 sobre la evolución de la dana, el desastre que asoló gran parte de la provincia de Valencia y otros puntos de la Península el pasado 29 de octubre.

Una tragedia que el Gobierno ha intentado cargar exclusivamente sobre los hombros de la Generalitat de Carlos Mazón, no exento de responsabilidades, pero con la intención de ocultar su propia falta de diligencia, tal y como publicó El Debate, pues Sánchez no aplicó la ley que le obligaba a hacerse cargo y ahora tendrá que explicar por qué, obligado por la primera resolución jurídica que le sitúa a él a la cabeza de los dirigentes políticos a los que se exige rendir cuentas por sus omisiones en un asunto de su responsabilidad.

Se trata de la Ley de Seguridad Nacional (LSN) que en su articulado establece como situación de interés para la Seguridad Nacional aquella en la que, «por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno, en el marco del Sistema de Seguridad Nacional, garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles».

Esta descripción describe lo sucedido aquel trágico 29 de octubre, cuando 235 personas perdieron la vida, –227 en la Comunidad Valenciana; 7 en Castilla La Mancha y 1 en Andalucía–, unas cifras que demuestran la gravedad de sus efectos, y que, según los informes y alertas disponibles desde días antes de la catástrofe, eran una posibilidad manifiesta que Sánchez prefirió ignorar, pese a que le correspondía ponerse al mando de la situación dictando un decreto.

Algo que solo hizo para un asunto bien distinto: en plena tragedia, aprobó uno para cambiar las mayorías de elección del Consejo de Administración de RTVE y pasar a controlarlo con sus socios.

Los primeros avisos

De hecho, el viernes 25 de octubre, la AEMET emitió la primera nota informativa sobre el episodio de lluvias, donde advertía de la posibilidad de que «en puntos de la vertiente mediterránea se den chubascos y tormentas fuertes, o muy fuertes, y localmente persistentes, más probables durante el martes 29», por lo que el Gobierno ya omitió uno de los deberes que Sánchez se marcó en la Estrategia de Seguridad Nacional rubricada por él en 2019, el de «proteger» a la ciudadanía.

Sin embargo, pese a la magnitud de la tragedia y ante la necesidad de respuestas tras la omisión de funciones del Gobierno, Sánchez se ha negado hasta el momento explicar y detallar por qué no declaró la situación de interés para la Seguridad Nacional, tal y como obliga el artículo 23 de la Ley de Seguridad Nacional.

Sánchez fue preguntado a este respecto por El Debate sobre éste y otros asuntos relacionados con la Seguridad Nacional, que solo a él como Presidente del Gobierno le corresponden, según recoge la Constitución Española en su artículo 1491.4ª y 29ª; la Ley 36/2015 de 28 de septiembre de Seguridad Nacional y el Real Decreto 1150/2021 de 28 de diciembre por el que Pedro Sánchez aprobaba su Estrategia de Seguridad Nacional de 2021.

Ante la evidente indiferencia en que él mismo y su Gobierno habían incurrido, este periódico formulaba preguntas por escrito a Sánchez el pasado 4 de noviembre al respecto de su «dejación de funciones» y las causas por las que no había declarado una situación de interés nacional, «bajo la dirección del Gobierno y nombrando una autoridad funcional».

Pedro Sánchez ha ordenado mantener un silencio sepulcral en el procedimiento instruido, negándose a dar explicaciones, pero sin éxito: la ley le ha obligado ya formalmente a hacer públicos todos los documentos e informes puestos a su disposición que justifiquen su inacción absoluta antes y durante la tragedia. Asimismo, también deberá hacer públicas las comunicaciones mantenidas con las Comunidades Autónomas afectadas y con el Consejo de Seguridad Nacional, que asiste al presidente como Comisión Delegada del Gobierno.

Un precedente jurídico pionero

El Gobierno de Sánchez ha iniciado una batalla contra los medios de la ‘fachosfera’, al atacar su legitimidad calificando de bulos sus informaciones. Según fuentes jurídicas consultadas, «esta victoria es un espaldarazo a las investigaciones de El Debate y fija un marco jurídico en el que Sánchez es ahora el obligado a dar las explicaciones que no ha dado ni al Parlamento ni a la ciudadanía. No depende ya de él, porque hay un mandato que le obliga a ello. Sería muy grave que se negara a hacer públicos todos esos documentos, en caso de que existan, porque mucho nos tememos que no los hay y por eso Sánchez ha impuesto un silencio absoluto que es ilegal. Hay 235 fallecidos y una ruina económica causada por la dana» concluyen los juristas consultados.

Resolución del Consejo de Transparencia

Resolución del Consejo de Transparencia

Resolución del Consejo de Transparencia

Resolución del Consejo de Transparencia

Según dispone la resolución 2025-0301 del CTBG, el organismo independiente encargado de velar por la transparencia de la Administración ha dado la razón a El Debate y obliga a Sánchez a remitir a este periódico los informes en los que valoraba y/o descartaba la posibilidad de decretar la «la declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional conforme al artículo 23.2 de la Ley 36/2015 de Seguridad Nacional».

Asimismo, Sánchez también deberá explicar las gestiones que realizó y las órdenes dadas a los diferentes ministerios para colaborar en dicha gestión, además de las comunicaciones que mantuvo con las comunidades autónomas afectadas poniendo a su disposición los medios del Estado.

Además, también tendrá que remitir la solicitud de medios estatales y la petición de intervención directa del Gobierno en las labores de rescate y recuperación realizadas por la Generalitat Valenciana para gestionar la tragedia, a la que dejó sola con aquella frase de que «si necesita más recursos, que los pida».

Resolución del Consejo de Transparencia

Resolución del Consejo de Transparencia

Resolución del Consejo de Transparencia

Resolución del Consejo de Transparencia

La Generalitat de Mazón tampoco está exenta de responsabilidad, a tenor de su falta de diligencia para gestionar los avisos, alertar a la población y tomar las medidas pertinentes, no es la única responsable, pues por encima de ella había un Gobierno que obvió la ley para no ensuciarse con el barro que llegaría después.

De hecho, tal y como ya explicó El Debate, Sánchez podía y debía haber decidido cómo afrontar una crisis de evidente repercusión nacional, como la dana, teniendo en cuenta, además, que en la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 ya se prestaba especial atención a las «emergencias y catástrofes» en general para detenerse específicamente en las inundaciones como uno de los principales «riesgos» para España, debido al «incremento en la magnitud y frecuencia de algunos fenómenos meteorológicos adversos».

El sistema de Seguridad Nacional

El sistema de Seguridad Nacional

Por ello, ahora Sánchez también tendrá que explicar a este periódico la documentación que remitió «al Consejo de Seguridad Nacional y las reuniones mantenidas por el Consejo para tratar las consecuencias de la DANA», para ver si realmente activó algún tipo de mecanismo, tal y como marca la ley.

Aun así, para desplegar esta estrategia y tomar las riendas de la situación, Sánchez solo tenía que hacer una cosa, informar «inmediatamente al Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación de interés para la Seguridad Nacional». En su lugar dejó la gestión en manos de la Generalitat, eludiendo el mandato legal de gestionar la crisis y de paso hacer bueno aquello que dijo el pasado mes de septiembre de que está dispuesto a «gobernar con o sin apoyo del Poder Legislativo».

Las competencias de Sánchez

En relación con las competencias del Estado irrenunciables, existen numerosas sentencias del Tribunal Constitucional; «las competencias son indisponibles e irrenunciables, tanto para el legislador del Estado como para el de las Comunidades Autónomas» y que «operan ope Constitutionis, con independencia de que uno u otro legislador hagan invocación explícita de las mismas»”, STC 141/2014, del Pleno de 11 de septiembre de 2014.

De hasta qué punto Sánchez era conocedor de sus competencias, que él mismo había desarrollado en su estrategia de Seguridad Nacional, da cuenta otro hecho que visto ahora con perspectiva resulta escalofriante.

En las mismas fechas en que impulsó el desarrollo concreto, punto a punto, de su hoja de ruta ante las amenazas a España, amparadas por la Ley de Seguridad de 2015, activó un simulacro de una catástrofe casi idéntica a la actual, situando al ministro del Interior al frente del llamado Puesto de Mando Operativo en nombre de Pedro Sánchez y con la UME desplegada a sus órdenes.

El ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, en un simulacro en 2019

El ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, en un simulacro en 2019

Huesca fue el lugar escogido para ensayar una catástrofe «por inundaciones» que la propia Moncloa bautizó de emergencia «de interés nacional» y Fernando Grande-Marlaska definió como un entrenamiento necesario para fortalecer el Sistema Nacional de Protección Civil, con una respuesta coordinada y eficaz entre los distintos niveles de la Administración en «interrelación» con el Sistema de Seguridad Nacional.

Un simulacro que, a la hora de la verdad, no ha servido de nada, pues Sánchez optó por ignorar sus competencias, por lo que «entramos de lleno en un supuesto de omisión dolosa de sus deberes constitucionales y legales, estableciéndose una relación de causalidad entre su voluntaria dejación de funciones y los fallecimientos posteriores. La inacción del Gobierno debe ser investigada por los jueces», añaden las mismas fuentes jurídicas personadas en el expediente incoado contra el Gobierno.

Lo cierto es que, más allá de los incumplimientos, retrasos y errores de Mazón, que nunca apeló a la Ley de Seguridad Nacional que Sánchez desechó premeditadamente para señalar en exclusiva a la Generalitat valenciana, el presidente pudo y debió activar su respuesta ante una «catástrofe climática» que él mismo incluyó entre los grandes peligros para España y luego, a la hora de verdad, ha intentado convertir en un asunto doméstico al margen de sus funciones.

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