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La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador

La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González AmadorEuropa Press

El Supremo cita como testigo al novio de Ayuso el 23 de mayo

También acuerda la citación de los peritos que firmaron el informe de la UCO sobre el resultado del material intervenido en los registros del despacho de la fiscal provincial de Madrid

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Ángel Hurtado, que instruye la causa que se sigue contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, por delito de revelación de secretos, ha acordado este miércoles citar como testigo a Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, el 23 de mayo.

Así lo ha dictado en una providencia, en la que también acuerda la citación el 16 de mayo de los peritos que firman el informe de la UCO sobre el resultado del material intervenido en los registros que se han realizado al despacho de Pilar Rodríguez.

El instructor del caso sigue así las órdenes de la Sala de Apelación, que dio la razón al fiscal general después de que el magistrado rechazara tomar declaración a González Amador. El pasado enero, el magistrado denegó esta petición de García Ortiz argumentando que la posición del querellante estaba recogida en la querella y quedaba evidenciada en la actuación de su abogado en la causa, y, a su juicio, suponía «una dilación para la declaración de los investigados», además de entender que podía resultar perjudicial para el acusado.

La Sala de Apelación respondió entonces que no veía motivos para denegar la toma de declaración de testifical al querellante cuando quien lo pide es la defensa del propio investigado, e incidió en que la comparecencia de González Amador «sin duda» podía ser de utilidad en la causa.

«Siendo la propia defensa quien solicita la declaración del querellante, no vemos motivo para su denegación, pues será el afectado por la presunta divulgación quien ofrecerá los contornos de su actuación. Tan a disposición de la instrucción se encuentra el querellado como el querellante, por lo que accederemos a su toma de declaración, en los términos expuestos, es decir, para averiguar todos los contornos de la supuesta difusión de datos», señalaba el auto del tribunal, recogido por Europa Press.

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