El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio GriñánEFE

Caso ERE

El Supremo también rechaza suspender el ingreso en prisión de Griñán

La solicitud debe realizarse ante la Audiencia de Sevilla, que ya ha ordenado su entrada en la cárcel en el plazo de diez días

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ratificó la sentencia de la pieza política de los ERE dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, ha rechazado, como ya hiciera ésta, la petición realizada por el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán para que se suspenda su ingreso en prisión hasta que se resuelva el incidente de nulidad planteado ante dicho órgano judicial.

En una diligencia de ordenación emitida ayer martes, 15 de noviembre, la letrada de la Administración de Justicia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y notificada este miércoles, día 16, «se hace constar que el incidente de nulidad de actuaciones no suspende la ejecución de la sentencia, debiendo en su caso ser solicitada ante el órgano encargado de la ejecución de la misma»; esto es, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.

La Audiencia ya ha determinado que Griñán y otros siete ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados por delitos de prevaricación y malversación —el cual hace que entren en la cárcel— deben ingresar en prisión para cumplir penas de prisión «de larga duración, cometidos por empleados públicos, que entre sus funciones tenían encomendadas la gestión de fondos públicos, lo que hace que la alarma social producida por este tipo de delitos de ‘corrupción política’ exija el cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes».

Contra la resolución de la Sala Segunda del Tribunal Supremo cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días.