El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, junto a su abogado, a su llegada al juicio del caso ERE en la Audiencia de Sevilla

El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, junto a su abogado, a su llegada al juicio del caso ERE en la Audiencia de SevillaMaría José López | Europa Press

Caso ERE

Un forense determinará si la enfermedad de Griñán le impide entrar en la cárcel

La Audiencia de Sevilla decidirá sobre la petición de suspensión del ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía en función del resultado del informe médico

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado hoy viernes una providencia en la que se pronuncia sobre el escrito presentado por la defensa del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán a fin de que se suspenda la ejecución de la pena de prisión impuesta por el caso ERE, todo ello después de que el tribunal le haya concedido un plazo de diez días naturales para que ingrese voluntariamente en un centro penitenciario.

El abogado del exdirigente autonómico, José María Calero, ha pedido la suspensión de la ejecución de la pena conforme al artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.

En este sentido, y una vez vista la documentación médica aportada, el tribunal acuerda librar oficio al Instituto de Medicina Legal (IML) a fin de que, «por el forense designado al efecto, examinada la documentación y con reconocimiento del paciente si fuera necesario, se emita informe valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito». En función del resultado del informe forense, el tribunal decidirá sobre la petición de suspensión planteada por la defensa de Griñán.

En un auto notificado ayer jueves, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla desestimó los recursos de súplica presentados por ocho de los condenados a cárcel por el caso ERE, todos ellos ex altos cargos de la Junta de Andalucía, contra la resolución en la que el tribunal denegó suspender las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales ingresen voluntariamente en un centro penitenciario, plazo que empieza a contar hoy viernes, cuando se produce la notificación efectiva a los procuradores.

Del mismo modo, el tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, pero suspende su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa en base al artículo 80.4 del Código Penal al estar pendiente de informe por el médico forense. En este sentido, el abogado de este investigado realizó en su recurso alegaciones respecto al fondo de la resolución recurrida y expuso razones humanitarias por la enfermedad que padece.

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