Caso ERE
La Audiencia ya tiene el informe médico de Griñán y puede decidir sobre su ingreso en prisión
El tribunal determinará si el cáncer que padece el expresidente andaluz le impide entrar en la cárcel
El Instituto de Medicina Legal (IML) entregó ayer martes a la Audiencia de Sevilla el informe sobre el cáncer de próstata esgrimido por el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y dos días de cárcel por delitos de prevaricación y malversación en el caso ERE, en demanda de la suspensión de su ingreso en prisión.
Como avanzaba El Mundo y han confirmado a Europa Press fuentes de dicho departamento, después de que Griñán acudiera por la mañana a las dependencias del IML en los juzgados del Prado de San Sebastián, el Instituto de Medicina Legal entregó horas después y «en mano» su informe, ya en poder de la Audiencia de Sevilla.
Una vez recibido ese informe, que para el IML tiene efectos definitivos, y antes de tomar una decisión sobre si aplaza, o no, la entrada en la cárcel de Griñán, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla tenía previsto pedir a la Fiscalía y al resto de las partes personadas en el procedimiento —la Abogacía del Estado y la acusación popular que ejerce el PP andaluz— que se pronuncien acerca de su contenido. Esta mañana, dichas partes aún no habían recibido el documento, según las fuentes consultadas por Europa Press.
Mientras tanto, el resto de los condenados por los ERE, a excepción de José Antonio Griñán y del exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, ya se encuentran entre rejas, dado que el plazo que les había dado la Audiencia para ingresar voluntariamente en prisión el pasado 2 de enero a las 23:59.
Requerimiento de ingreso en prisión
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó el pasado 22 de diciembre un auto en el que desestimaba los recursos de súplica presentados por ocho de los condenados a cárcel por el caso ERE contra la resolución en la que el tribunal denegó suspender las penas privativas de libertad mientras el Gobierno tramita los indultos, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales, que comenzaría a correr al día siguiente, ingresaran voluntariamente en un centro penitenciario.
En el mismo auto, contra el que no cabía recurso alguno, el tribunal desestimaba el recurso presentado por la defensa de Agustín Barberá, pero suspendía su entrada en la cárcel por enfermedad, en virtud del artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que «los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables».
La solicitud de Griñán
Del mismo modo, tras conocer la resolución de la Audiencia de Sevilla, José Antonio Griñán anunciaba que tenía cáncer de próstata. Así, su abogado, José María Calero, presentó el viernes 23 un escrito a fin de que se suspenda la ejecución de la pena de prisión impuesta a su cliente por el caso ERE con base en el referido artículo del Código Penal. Entonces, el tribunal dictaba una providencia en la que acordaba que un forense informe sobre si el ingreso en prisión de Griñán puede tener incidencia en el desarrollo de su enfermedad o en el tratamiento médico que necesita.
Este pasado jueves, la defensa de Griñán presentó otro escrito reiterando la petición de suspensión de la pena de cárcel en el que alegaba nuevos documentos que vendrían a confirmar el «alto riesgo» del cáncer de próstata que padece su representado, a la espera ya de la decisión de la Audiencia de Sevilla.