El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán

El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio GriñánMaría José López | Europa Press

Caso ERE

La Audiencia pide a la Fiscalía y al PP que se pronuncien sobre el ingreso en prisión de Griñán

El tribunal da tres días a Anticorrupción y a las acusaciones para que informen sobre la solicitud de suspensión de la pena de cárcel del expresidente de la Junta

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha pedido a la Fiscalía Anticorrupción y a la acusación popular ejercida en el procedimiento por el PP andaluz que informen sobre la solicitud de suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta por el caso ERE que ha sido planteada por la defensa del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y dos días de cárcel por delitos de prevaricación y malversación.

En una providencia dictada hoy lunes, el tribunal resuelve que, «presentado informe médico forense sobre reconocimiento médico efectuado al penado, dese traslado del mismo y de la solicitud de suspensión de la ejecución de la pena conforme al artículo 80.4 del Código Penal al Ministerio Fiscal y acusaciones particulares para que informen sobre dicha solicitud en el plazo de tres días».

El abogado del exdirigente autonómico pidió la suspensión de la ejecución de la pena en virtud del artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que «los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables».

En este sentido, y una vez vista la documentación médica aportada por la defensa del condenado, la Sección Primera de la Audiencia acordó librar oficio al Instituto de Medicina Legal (IML) a fin de que, «por el forense designado al efecto, examinada la documentación y con reconocimiento del paciente si fuera necesario, se emita informe valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito».

Requerimiento de la Audiencia

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó el pasado 22 de diciembre un auto en el que desestimaba los recursos de súplica presentados por ocho de los condenados a cárcel por el caso ERE contra la resolución en la que el tribunal denegó suspender las penas privativas de libertad mientras el Gobierno tramita los indultos, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales, que comenzaría a correr al día siguiente, ingresaran voluntariamente en un centro penitenciario.

En el mismo auto, contra el que no cabía recurso alguno, el tribunal desestimaba el recurso presentado por la defensa de Agustín Barberá, pero suspendía su entrada en la cárcel por enfermedad, en virtud del artículo 80.4 del Código Penal.

La solicitud de Griñán

Del mismo modo, tras conocer la resolución de la Audiencia de Sevilla, José Antonio Griñán anunciaba que tenía cáncer de próstata. Así, su abogado, José María Calero, presentó el viernes 23 un escrito a fin de que se suspenda la ejecución de la pena de prisión impuesta a su cliente por el caso ERE con base en el referido artículo del Código Penal. Entonces, el tribunal dictaba una providencia en la que acordaba que un forense informe sobre si el ingreso en prisión de Griñán puede tener incidencia en el desarrollo de su enfermedad o en el tratamiento médico que necesita.

Posteriormente, la defensa de Griñán presentó otro escrito reiterando la petición de suspensión de la pena de cárcel en el que alega nuevos documentos que vendrían a confirmar el «alto riesgo» del cáncer de próstata que padece su representado.

Mientras tanto, el resto de los condenados por los ERE ya se encuentran entre rejas, dado que el plazo que les había dado la Audiencia para ingresar voluntariamente en prisión expiraba el pasado 2 de enero a las 23:59.

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